Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 368
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 02/09/2021
Visto las presentes actuaciones, por las que se tramitan la ejecución de la obra “ Extensión de la Red de Desagües Cloacales en calles: DR. ALEJANDRO PÉREZ entre Matheu y Rosales (ambas aceras); DR. ALEJANDRO PEREZ entre Rosales y Rastreador Fournier (ambas aceras); CORONEL ROSALES entre Eduardo Sivori y Dr. Alejandro Pérez (ambas aceras); RASTREADOR FOURNIER, entre Eduardo Sivori y Dr. Alejandro Perez (ambas aceras), RASTREADOR FOURNIER entre Dr. Alejandro Pérez y Roberto Clegg (ambas aceras) , PUNTA ALTA entre Dr. Alejandro Pérez y Roberto Clegg (ambas aceras), ROBERTO CLEGG entre Rastreador Fournier y Punta Alta (ambas aceras), ROBERTO CLEGG entre Punta Alta y Lucas Abad (acera par)" , de la ciudad de Bahía Blanca, de la ciudad de Bahía Blanca, por la modalidad de “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas”; atento a lo establecido en la ordenanza 19.838 y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con el Registro de Oposición de la obra, según lo estipulado en el Artículo 19º del Decreto Nº 754/76.
Que del informe emitido por el Departamento Registro de Licitadores y Obras por Consorcios a fojas 336 surge que no se ha registrado oposición alguna a la obra.
Por lo expuesto, y atento a lo establecido en el Artículo 20º del Decreto Nº 754/76, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
Artículo 1 º: Autorízase la ejecución y declárase de pago obligatorio la obra “ Extensión de la Red de Desagües Cloacales en calles: DR. ALEJANDRO PÉREZ entre Matheu y Rosales (ambas aceras); DR. ALEJANDRO PEREZ entre Rosales y Rastreador Fournier (ambas aceras); CORONEL ROSALES entre Eduardo Sivori y Dr. Alejandro Pérez (ambas aceras); RASTREADOR FOURNIER, entre Eduardo Sivori y Dr. Alejandro Perez (ambas aceras), RASTREADOR FOURNIER entre Dr. Alejandro Pérez y Roberto Clegg (ambas aceras) , PUNTA ALTA entre Dr. Alejandro Pérez y Roberto Clegg (ambas aceras), ROBERTO CLEGG entre Rastreador Fournier y Punta Alta (ambas aceras), ROBERTO CLEGG entre Punta Alta y Lucas Abad (acera par)", de la ciudad de Bahía Blanca, por la modalidad de “Ejecución por Consorcio de Vecinos o Cooperativas”, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Sección I, Capítulo IV, Art. 23º a 24º del Decreto Nº 754/76 y Ordenanza Nº 19.838.-
Artículo 2 º: Tiénese por declarado el pago obligatorio de la obra, conforme lo dispuesto en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 19.838.-
Artículo 3 º: La Empresa adjudicataria de los trabajos deberá suscribir el contrato con el consorcio, cuando se hayan cumplido las condiciones del Pliego de Licitación de la Obra y la Cotización aprobada por los vecinos y formalizar el Acta de Replanteo dentro de los quince (15) días subsiguientes, fecha desde la cual comenzará a contarse el plazo de realización de la obra.-
Artículo 4 º: El contrato a suscribirse deberá necesariamente establecer las cláusulas de rescisión que se establecen en el Capítulo IV del Decreto Nº 754/76 y transcribirse en él, los Artículos 57º, 59º y 60º del mismo cuerpo legal.
Artículo 5º: Cúmplase; comuníquese mediante nota a los vecinos integrantes del consorcio y a la empresa ABSA. y dése al R.O.; tomen conocimiento Departamento Registro de Licitadores y Obras por Consorcios, Oficina de Administración de Consorcios, Departamento de Vialidad, Contaduría General y Departamento Catastro.