Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 318
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/07/2021
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la Empresa de Control de Plagas “SANEAMIENTO AMBIENTAL DE CALIDAD PLANIFICADA (S.A.C.P.)”, propiedad de la Sra. Sara del Carmen Cortés, con domicilio en calle Jujuy Nº 1.214 del Partido de Bahía Blanca, solicita se le autorice para funcionar como “Empresa de Control de Plagas” en la localidad de Bahía Blanca, y Considerando:
Que, de acuerdo al informe emitido por el Departamento Saneamiento Ambiental a foja 49 del expediente N° 0-3433/2012, la firma dio cumplimiento con los requisitos exigidos por la Ordenanza N° 7.932/94, su modificatoria la Ordenanza N° 8.204/94 y su Decreto Reglamentario Nº 566/94, y el informe emitido por el Departamento de Ingresos y Política Fiscal a foja 58 del mencionado expediente, donde a la fecha el contribuyente Nº 35.573 Cortés Sara del Carmen, no registra obligaciones pendientes con este Municipio.
Atento a lo expuesto, a la resolución municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, el SUBSECRETARIO DE GESTIÓN AMBIENTAL, en uso de las facultades que le confiere el Artículo Nº 4 del Decreto Municipal Nº 3.492/2019:
RESUELVE
PRIMERO: Autorícese a la Empresa “SANEAMIENTO AMBIENTAL DE CALIDAD PLANIFICADA (S.A.C.P.)”, propiedad de la Sra. Sara del Carmen Cortés, con domicilio en calle Jujuy Nº 1.214 del Partido de Bahía Blanca, a funcionar como empresa de Control de Plagas Urbanas, por el término de dos (2) años, a partir de su notificación, en un todo de acuerdo con el considerando de la presente.
SEGUNDO: Notifíquese a la empresa interesada, dése al R.O., tomen conocimiento el Departamento Saneamiento Ambiental, Secretaría de Economía, y pase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.