Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 299
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 02/07/2021
Visto las presentes actuaciones referidas al Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente a la Casita de Fiestas Infantiles y Complejo Deportivo denominado "EL DESVIO", sita en calle Pasaje Esnaola Nº 550 de esta ciudad y, considerando:
Que se encuentra en vigencia la Ordenanza N° 14.219, la cual en su Artículo 1°) dispone: “Créase en el Partido de Bahía Blanca, el “Plan de Evacuación y Simulacro” para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión o cualquier otra situación de la que surja la necesidad de desalojar las instalaciones...”;
Que además en su Artículo 2°) estipula que el Plan deberá ser de aplicación obligatoria en todos aquellos inmuebles con atención y concentración masiva de público, debiéndose adecuar el mismo a las características propias del espacio, su destino y de las personas que lo utilicen;
Que, asimismo, deberá contemplarse la realización de simulacros, al menos, dos veces al año a fin de optimizar y socializar las medidas de seguridad necesarias;
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Defensa Civil obrante a fojas 21; el SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Municipal Nº 3492/2019, en el marco de lo normado en el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º) Aprobar el Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente a la Casita de Fiestas ____________ Infantiles y Complejo Deportivo denominado "EL DESVIO", sita en calle Pasaje Esnaola Nº 550 de esta ciudad, por el período de un (1) año a partir del día de notificación de dicho establecimiento, siempre que la estructura edilicia y sus condiciones de seguridad no sufran modificaciones.-
ARTÍCULO 2º) Hágase saber al representante del comercio citado en el artículo precedente que, ____________ en caso de introducirse modificaciones en la estructura edilicia que provoquen que varíen las condiciones de seguridad existentes, deberá comunicar a la Dirección General de Defensa Civil dentro de los treinta (30) días de producidas las mismas.
ARTÍCULO 3º) Déjase constancia que deberá coordinarse con la Dirección General de Defensa Civil ____________ la realización, por parte de la entidad comercial, de los simulacros respectivos, debiéndose anexar a las presentes actuaciones el informe técnico correspondiente a su realización.-
ARTÍCULO 4º) Cúmplase, notifíquese al representante de la firma, tome nota Departamento _____________ Habilitaciones, dése al R.O. y resérvese en la Dirección General de Defensa Civil.-