Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2572

Resolución Nº 2572

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/11/2021

VISTO la nota presentada por CIRILA ARMINDA GONZALEZ, DNI Nº 5.625.940, donde solicita el reintegro de lo abonado por error, correspondiente a la Partida 17517, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación a fojas 21 sugiere debitar de la Partida Nº 17517 los pagos realizados desde la cuota 1/2018 a 12/2018 y 01/2020 a 06/2020, según recibos 23700465 y 25218418, respectivamente, en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, y acreditarlo a la deuda que registra la Partida 170517;

Que esa misma dependencia informa que del recibo 25218418 solo se reintegrará desde la cuota 01 a 06/2020 atento que para la partida 17517 se ha emitido certificado de libre deuda para el año 2020 y solo el primer semestre registra un crédito;

Que el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal expresa:”...Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud...”;

Por todo ello, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019;

- RESUELVE -

ARTÍCULO 1º: Debitase de la Partida Nº 17517, la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO ($2.598), por cuotas 1/2018 a 12/2018 y 1 a 6/2020 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2º: Acreditase a la deuda que registra la Partida Nº 170517, la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO ($2.598), en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 3º: Hágase saber a CIRILA ARMINDA GONZALEZ, DNI Nº 5.625.940 que deberá presentar ante el Departamento Recaudación, el comprobante original de pago, a efectos de intervenirlos, atento lo dispuesto en los Artículos Nº 40 y Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.-

ARTÍCULO 4º: Cúmplase, dése al R.O. notifiquese, tome nota Departamento Recaudación. Hecho, ARCHIVESE.-