Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2538
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/11/2021
Visto las presentes actuaciones, referidas a la eximición en el Impuesto Automotor solicitada por Bruno A. Cucchetti, en carácter de Administrador del ARZOBISPADO DE BAHIA BLANCA, en relación al vehículo identificado con el Dominio IDA 908; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, para los años 2020 y 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso b) establece: “Están exentos del pago de la presente tasa: Por los vehículos de su propiedad y uso exclusivo necesario para el desarrollo de sus actividades propias, los cuerpos de bomberos voluntarios, las instituciones de beneficencia pública con personería jurídica, las cooperadoras, las instituciones religiosas debidamente reconocidas por autoridad competente”;
Que, analizada la documentación acompañada y lo informado por el Departamento Recaudación – Sector Automotores a fojas 4, elrecurrente se encuentra, desde el 07 de febrero de 2020, dentro de los alcances establecidos en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires para los años 2020 y 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso b); por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º: Exímese del pago en el Impuesto Automotor al vehículo identificado con el Dominio IDA 908, a partir del 07 de febrero de 2020, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires para los años 2020 y 2021, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso b) y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2º: Déjase constancia que ante cualquier cambio de titularidad, o modificación en las condiciones que dieron lugar a la eximición otorgada, el propietario o responsable estará obligado a solicitar la baja de la misma; de no ser así se le aplicarán las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3º: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVESE.-