Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2512
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/11/2021
Visto las presentes actuaciones, atento la solicitud de eximición en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene presentada por FERNANDO ARIEL FAVRE, Contribuyente Nº 87.453, por encontrarse comprendido en el Artículo Nº 144 Inciso f de la Ordenanza Fiscal año 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Nº 144 Inciso f de las Ordenanzas Fiscales 2020 y 2021 establece que " están exentos del pago de la presente tasa: Los talleres protegidos debidamente inscriptos y los discapacitados, cuando sean únicos propietarios del establecimiento y lo trabajen los mismos o con la ayuda de su grupo familiar. Para el caso de los discapacitados, será exigible:
1) Que no tengan ninguna pensión relacionada con su incapacidad.
2) Que no tengan otra actividad o ingreso.
3) Acompañar certificado de incapacidad, expedido por instituciones hospitalarias públicas y estudio socio-económico realizado por personal de Acción Social de la Municipalidad de Bahía Blanca.”;
Que, a fojas 2 y 6 obran el certificado de discapacidad y el estudio socio-económico respectivamente;
Por lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 10, EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO en uso de las facultades:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º: Exímese a FERNANDO ARIEL FAVRE, Contribuyente Nº 87.453, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a partir de la fecha de solicitud, 18 de febrero de 2020, conforme el Artículo Nº 144 Inciso f de las Ordenanzas Fiscales 2020 y 2021 y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2º: Cúmplase, Dése al R.O., notifíquese, tome nota el Departamento de Recaudación, hecho: ARCHIVESE.-