Boletines/Vicente López
Decreto Nº 5368/21
Vicente López, 15/12/2021
Referencia:EXPTE - 4119-004183/2021
Visto
Las presentes actuaciones, la RESOC-2020-705-GDEBA-DGCYE, mediante la cual se estableció la necesidad de modificar la prestación del Servicio Alimentario Escolar en un único Módulo Integrador de Alimento para la implementación de la prestación del Servicio Alimentario Escolar, sumado a la necesidad de adquirir productos alimenticios con el objeto de darle continuidad a dicho servicio en las escuelas públicas del distrito por el mes de diciembre 2021, y;
Considerando
Que, con la declaración de la pandemia por Coronavirus (COVID-19), mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 de fecha 12 de marzo de 2020, el gobierno Nacional dispuso la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, el cual a su vez fue prorrogado hasta el 31 de diciembre del año 2021
por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/2021;
Que, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires emitieron la RESOC-2020-705-GDEBA-DGCYE (fs. 4/6), mediante la cual se estableció la implementación de la prestación del Servicio Alimentario Escolar con un único Módulo Integrador de Alimentos;
Que, en el marco de la emergencia pública sanitaria y del aislamiento social preventivo y obligatorio declarado, resultó imposible brindar de forma presencial en las Escuelas las prestaciones regulares de los alimentos previstos en el Programa SAE, tales como: Desayuno/Merienda, Almuerzo, Almuerzo y Desayuno/Merienda en sus modos habituales de elaboración y consumo in situ en los propios comedores escolares;
Que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, la asistencia regular del servicio SAE fue reemplazada por la entrega de Módulos de Alimentos Integradores con inclusión de alimentos que componen la Canasta Básica de Alimentos CBAINDEC;
Que, en virtud de la situación detallada, dando continuidad a lo establecido en el marco de la pandemia, resultando prioritario extender el Programa SAE mediante el abastecimiento de alimentos a los distintos alumnos del Municipio;
Que, la declaración de emergencia constituye el marco legal adecuado de justificación de las acciones que transitoriamente se lleven a cabo a efectos de dar contención a la situación de gravedad y urgencia inusitada;
Que, en este sentido, se ha entendido viable la utilización de los mecanismos de excepción previstos en el artículo 119 inciso b) y artículo 156 inciso 10) de la LOM para los casos de acreditada urgencia, extendiendo el mismo a la contratación de servicios que resulten indispensables;
Que, en el contexto del presente procedimiento de emergencia se ha verificado que las condiciones comerciales de oferta que se presentan son las más convenientes del mercado;
Que, la Dirección General de Contaduría ha reservado los fondos necesarios para atender el pago correspondiente, mediante la emisión de la Solicitud de Gastos N° 8326, (fs. 58/59), en virtud a la Solicitud de Pedido N° 6792 glosada a fs. 3;encontrándose la conformidad de dicha contratación del Secretario de Educación y Empleo y la del Contador Municipal a fs. 90/91;
Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR en los términos del art. 156 inc. 10 del Decreto Ley 6769/58 la suma total de $17.716.739,04 a las siguientes empresas: RPG S.A., CUIT Nº 30-71125398-6, SURMARKET S.A., CUIT N° 30- 69230730-1, y TEYLEM S.A., CUIT N° 33-70844441-9, en concepto de adquisición de productos alimenticios para el armado de 9.009 módulos de alimentos, con el fin de dar continuidad al Programa de Sistema de Alimentación Escolar de Vicente López, correspondiente al mes de diciembre 2021, de acuerdo al siguiente detalle:
PROVEEDOR | CANTIDAD DE MODULOS | MONTO |
RPG S.A. | 2192 | $4.310.699,52 |
SURMARKET S.A. | 3392 | $6.670.571,52 |
TEYLEM S.A. | 3425 |
$6.735.468,00 |
TOTAL | 9009 | $17.716.739,04 |
Artículo 2º.- El gasto que origine el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, se encuentra reservado para el ejercicio 2021, el cual se debitará de la Partida: Jurisdicción 1110141000 Secretaría de Educación y Empleo – Dependencia 1432 – Categoría Programática 30.06.00 inc. 5.3.7.0.9999 - Fuente de financiamiento 132.-
Artículo 3º.- NOTIFICAR de la emisión del presente Decreto mediante la Secretaría de Educación y Empleo a las empresas R.P.G. S.A., SURMARKET S.A. y TEYLEM S.A.
Artículo 4º.- REFRENDAR el presente el Señor Secretario de Educación y Empleo y el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.-
Artículo 5º.- TOMAR conocimiento la Secretaría de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, Dirección de Tesorería y de Compras y Licitaciones) y la Secretaría de Educación y Empleo.-
Artículo 6º.- DAR al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente, archivar.-
Fdo: Martinez-Viñales-Alvarez