Boletines/Vicente López

Decreto Nº5334/21

Decreto Nº 5334/21

Vicente López, 14/12/2021

Referencia: EXPTE - 4119-004208/2021

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 129 dispuesto por Decreto Nº 4546/21 para la contratación de la obra “EJECUCION DE CUNETAS Y BADENES EN CALLE PELLIZA 2700”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 271/272 se han presentado 2 (dos) oferentes.

Que a fs. 279/280 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección de Compras y Licitaciones.

Que la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación por menor valor a la firma Salbaco SA por $ 4.488.291,88.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 283/284 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con dicha obra.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 288.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

                                                                                   DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma SALBACO SA, por un monto total de Pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil doscientos noventa y uno con ochenta y ocho centavos ($4.488.291,88), la contratación de la obra “EJECUCION DE CUNETAS Y BADENES EN CALLE PELLIZA 2700”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 288.

Artículo 2º.- La suma de Pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil doscientos noventa y uno con ochenta y ocho centavos ($4.488.291,88), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos diferidas año 2022 Nros. 1-7568 y 1-9149 obrantes a fs. 27 y 286 respectivamente.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección General de Tesorería, en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos se procederá a suscribir el pertinente contrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.

Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería) y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Botto-Alvarez