Boletines/Rivadavia
Ordenanza Nº 4500/2021
Rivadavia, 18/11/2021
VISTO:
Que en el parque automotor municipal existen vehículos, que si bien se encuentran en funcionamiento, no resultan aptos para el uso intensivo que exige el servicio para el que se encontraban afectados, haciendo necesario su reemplazo por unidades que ya fueron adquiridas;
Que estas autoridades han decido proceder a la venta de aquellos vehículos que se encuentran en desuso;
Y CONSIDERANDO:
Que según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 158º, las ventas, permutas o donaciones de bienes se realizarán previa autorizacion del Departamento Deliberativo;
Que además el artículo 159º de la mencionada norma establece el procedimiento a seguir para la venta de bienes municipales;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo para proceder a la venta de los vehículos municipales que seguidamente se detallan:
ARTICULO 2.- Déjase constancia que la venta deberá realizarse de acuerdo a los términos establecidos en el artículo 159º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 3.- Una vez producida su venta los bienes serán dados de baja del Patrimonio Municipal.-
ARTICULO 4.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-----------------------------------------------------------------------------------------
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MARÍA FABIANA MILANI |
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JORGE PABLO ROSOLEN |
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Secretaria |
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Presidente |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Honorable Concejo Deliberante |
REF: Expediente Nº 213/2021
Promulgada por Decreto Nº 1666/2021