Boletines/Saladillo

Decreto Nº834/2021

Decreto Nº 834/2021

Saladillo, 30/03/2021

Visto

VISTO el expediente de la referencia, mediante el cual, el Subsecretario de Cultura, Educación, Derechos Humanos y Juventud, solicita se declare de interés municipal la reprogramación del evento musical de “Fausto en La Esquina”; y

Considerando

CONSIDERANDO que dicho evento se declaró de interés municipal mediante Decreto 571/2021, y estaba previsto desarrollarse el día 28 de marzo del corriente año;

 

QUE, por cuestiones climáticas, debió ser suspendido, por lo que resulta necesario reprogramarlo para el día 4 de abril de 2021;

 

QUE, para la ejecución de este evento se incurrirá en gastos de traslado, contratación de artistas, catering, presentes, recordatorios, placas de mármol y bronce, sonido, servicio de mezcla de sonido, pantalla, iluminación, telas, elementos de electricidad y ferretería, maderas, servicio de streaming, impresión de invitaciones, certificados, afiches, gastos de librería, publicidad, palmas, alquileres de livings, seguridad privada, fotografías, realización audiovisual, videos, gigantografías, impresión de folletería, afiches, flores, pantalla LED, alquiler de sillas, alquiler de baños, seguridad privada, elementos de higiene, limpieza o sanitizantes, y cualquier otro gasto que pudiera ocasionarse;

 

QUE es política de este Departamento Ejecutivo apoya este tipo de actividades;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

D E C R E T A

ARTICULO 1: Declarar de Interés Municipal la reprogramación del evento musical  “Fausto en La Esquina”, que se llevará a cabo el día 4 de abril de 2021, en el predio municipal ubicado en la intersección de la Av. Moreno y calle A. de Toledo de nuestra ciudad.

 

ARTICULO 2: Autorizar a la Oficina de Compras a realizar los trámites necesarios para solventar gastos de traslado, contratación de artistas, catering, presentes, recordatorios, placas de mármol y bronce, sonido, servicio de mezcla de sonido, pantalla, iluminación, telas, elementos de electricidad y ferretería, maderas, servicio de streaming, impresión de invitaciones, certificados, afiches, gastos de librería, publicidad, palmas, alquileres de livings, seguridad privada, fotografías, realización audiovisual, videos, gigantografías, impresión de folletería, afiches, flores, pantalla LED, alquiler de sillas, alquiler de baños, seguridad privada, elementos de higiene, limpieza o sanitizantes, y cualquier otro gasto que pudiera ocasionarse para el desarrollo de la actividad mencionada en el artículo primero.

 

ARTICULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos. 

 

DECRETO 834/2021