Boletines/Tapalqué
Ordenanza Nº 3229
Tapalqué, 20/12/2021
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 3177/2021 e incorporase para el total de los agentes municipales, incluidos en la Ley 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo, según lo acordado en el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires como conclusión de la mesa paritaria 2021 con la totalidad de los representantes sindicales, el siguiente incremento salarial:
El personal excluido por la Ley 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo, se regirá por los valores del salario mínimo administrativo correspondiente a noviembre 2021.
ARTÍCULO 2°: Por aplicación de los porcentajes previstos en el artículo 1° los salarios básicos quedarán con los siguientes montos mínimos:
ARTÍCULO 3º: Incorpórese dentro del aumento salarial a la totalidad de la planta municipal, siendo esta: 00 Personal Superior, 01 Personal Jerárquico, 02 Personal Profesional, 03 Personal Técnico, 04 Personal Administrativo, 05 Personal Obrero, 06 Personal de Servicio, 07 Personal Jornalizado, 08 Personal Contratado, 09 Honorable Concejo Deliberante, 10 Personal Mensualizado.