Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2154/21
General Pueyrredon, 10/12/2021
Visto
El expediente 6824-5-2021 Cuerpo 01, y
Considerando
Que por Ley Nacional N° 27499 se estableció la Ley Micaela tendiente a la “Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado”.
Que el Decreto Reglamentario de la Ley Micaela establece los lineamientos para la elaboración de propuestas de capacitación en género y violencia contra las mujeres, estableciendo contenidos mínimos y bibliografía a considerarse a los efectos de brindar las capacitaciones.
Que la Municipalidad de General Pueyrredon por Ordenanza N° 25195, promulgada por Decreto DE N°1242/2021, ha creado el Programa “Perspectiva de Género en materia presupuestaria” con el objetivo de promover la producción de información y construcción de herramientas de Presupuesto con Perspectiva de Género para la planificación, monitoreo y ejecución presupuestaria desde un enfoque de género.
Que uno de los objetivos del programa es el de “Capacitar técnicamente a funcionarias, funcionarios, planta política, personal municipal para que incorporen la perspectiva de género en materia presupuestaria”.
Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 25195, la Secretaría de Economía y Hacienda es la encargada de implementar las acciones tendientes a lograr los objetivos del Programa.
Que asimismo se establece que el Programa deberá ser especialmente tratado con la Dirección General de Políticas de Género dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social o la que en futuro la reemplace.
Que el artículo 5° de la Ordenanza 25.195 establece que “se podrán promover acuerdos y convenios de colaboración entre el Departamento Ejecutivo y otras instituciones (Institutos de investigación, universidades, centros) y organizaciones de la sociedad civil (asociaciones, organizaciones, fundaciones), tanto para el desarrollo de las capacitaciones como para la generación de información relevante para el diagnóstico de la desigualdad”.
Que en dicho sentido, la Dirección de Políticas de Género ha solicitado a la Asociación “Equipo Latinoamericano de Justicia y Género” la realización de una capacitación y asistencia técnica en materia de presupuesto con perspectiva de género, cuya propuesta obra en fs 37 y fs 38.
Que la Secretaría de Desarrollo Social ha manifestado en fs 41 la necesidad de contratar especialistas en la materia para capacitar al personal municipal en las implicancias de la aplicación del Programa de “Perspectiva de género en materia presupuestaria”.
Que en fs 26 la Secretaría de Desarrollo Social deja expresa constancia que no cuenta con personal para efectuar la mencionada capacitación, haciéndose necesaria la contratación de profesionales externos.
Que se propone realizar una jornada de capacitación virtual a las/los funcionarias/os municipales bajo la modalidad de seminario, y VEINTICINCO (25) horas de asistencia técnica.
Que la capacitación y asistencia técnica debe ser realizada previo al desarrollo y elaboración del Presupuesto Municipal previsto para el año 2022, el cual de acuerdo a la normativa vigente no puede ser presentado con posterioridad al 31 de octubre 2021.
Que dado los plazos legales estipulados para la presentación del presupuesto municipal y la restricción en la agenda de la Asociación “Equipo Latinoamericano de Justicia y Género”, devino imperante dar inicio a la capacitación.
Que con fecha 30 de agosto con el apoyo del Instituto de Capacitación Municipal dependiente de la Subsecretaría de Modernización, se realizó exitosamente la instancia de capacitación virtual.
Que el presupuesto propuesto para realizar el seminario asciende a la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000)
Que a fs. 37 obra la propuesta de trabajo presentada por “Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Asociación Civil ELA” donde detalla que la Jornada de Capacitación se realizará por plataforma ZOOM de una hora y media de duración, a cargo de DOS (2) capacitadoras, siendo el valor total de honorarios a percibir PESOS CUARENTA MIL ($40.000).
Que se ha compulsado los honorarios con la contratación análoga que tramita por Expediente N° 3161-6-2021 y la cual prevé para UNA profesional una remuneración de PESOS VEINTICINCO MIL para un curso de capacitación virtual que no incluye complemento de asistencia técnica con posterioridad al dictado.
Que asimismo la conveniencia económica de la contratación que tramita por Expediente N° 3161-6-2021 ha sido validada mediante compulsa con la escala salarial prevista para el mes de abril 2021 correspondiente a docentes universitarios.
Que de acuerdo a la compulsa con el valor arancelario del rubro se acredita la conveniencia económica de la contratación en los términos del artículo 194° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración.
Que en fs 51 ha tomado la intervención de su competencia la Contaduría General.
Que en fs 60 obra dictamen de la Subsecretaría Legal y Técnica.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda ha tomado las previsiones presupuestarias correspondientes.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Convalídase la contratación de la Asociación “EQUIPO LATINOAMERICANO DE JUSTICIA Y GÉNERO ASOCIACIÓN CIVIL ELA” la cual tiene a su cargo el desarrollo de UNA (1) jornada de capacitación sobre PRESUPUESTOS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO y la asistencia técnica, desde el 30 de agosto 2021 hasta la presentación formal del presupuesto 2022 ante el Honorable Concejo Deliberante, de acuerdo al contrato de locación de servicios incorporado como Anexo I, que forma parte integrante del presente decreto, por el monto total de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-).
ARTÍCULO 2º: El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes deberán imputarse a Fin / Fun 1.3.0 Programático: 32.00.00 Inc: 3 PP: 4 Pp: 5 Psp: 0 F.Fin 132, Fondo de Inclusión Social, 11.9.17.00, Institucional: 1110109000 UER: 5 $ 40.000.-
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo Social y el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese e intervengan las Secretarías de Desarrollo Social y de Economía y Hacienda.-
HOURQUEBIE BLANCO MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº2154
ANEXO I
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la ciudad de Mar del Plata, a los……. días de………… de 2021, entre la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON, CUIT Nº 30-99900681-3, con domicilio contractual en la calle en Hipólito Yrigoyen Nº 1627 de esta ciudad y domicilio electrónico veronicahourquebie@yahoo.com.ar , en adelante LA LOCATARIA, representada en este acto por la Secretaria de Desarrollo Social, Verónica HOURQUEBIE, DNI nº 23.977.722, de acuerdo a las facultades delegadas por Decreto nº 916/2020, y el EQUIPO LATINOAMERICANO DE JUSTICIA Y GÉNERO ASOCIACIÓN CIVIL ELA, CUIT N°30-70870759-3, con domicilio contractual en la calle Tucumán N°1581 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio electrónico ela@ela.org.ar, en adelante LA LOCADORA, representada en este acto por Haydeé Beatriz Birgin, DNI n°4.377.776, en su carácter de presidente, se convienen en celebrar el presente contrato de LOCACION DE SERVICIOS.
PRIMERA: LA LOCADORA se compromete a brindar a funcionarias/os que EL LOCADOR designe, capacitación y asesoramiento en materia de presupuesto con perspectiva de género.----------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: Será función específica de LA LOCADORA realizar durante el 30 de agosto 2021 y hasta la efectiva presentación del presupuesto 2022 ante el Honorable Concejo Deliberante, a través de DOS (2) profesionales especialistas en la materia, una jornada de capacitación virtual de una hora y media de duración en la cual se abordarán las siguientes temáticas: El presupuesto como herramienta fundamental para cerrar brechas de género; La importancia de la transversalización de la perspectiva de género (PPG) en el diseño y ejecución de los presupuestos públicos en la República Argentina; La metodología del etiquetado; Análisis del presupuesto nacional 2021 y su ejecución desde una perspectiva de género. La jornada de capacitación será complementada con VEINTICINCO (25) horas de asistencia técnica durante la etapa de formulación del presupuesto municipal 2022.----------------------------
TERCERA: LA LOCADORA percibirá como honorarios por la totalidad de los servicios descriptos en la Cláusula Segunda, la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000). –
CUARTA: LA LOCADORA deberá presentar la factura por la prestación de los servicios de acuerdo al siguiente esquema: CINCUENTA POR CIENTO (50%) dentro de los dos días de realizada la jornada de capacitación virtual y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante dentro de los veinte días de finalizada la asistencia técnica. Dichas factura se cancelarán dentro de los DIEZ (10) días de su presentación, una vez verificados y certificados por parte de la Secretaría de Desarrollo Social el efectivo cumplimiento de las prestaciones asumidas en el presente contrato .-----------------------
QUINTA: CARGAS FISCALES Y PREVISIONALES. La LOCADORA se obliga a dar cumplimiento a los requisitos fiscales y previsionales a su cargo, liberando de tal carga a la LOCATARIA.
SEXTA: Los derechos y obligaciones de LA LOCADORA serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente no tendrá derecho a recibir del LOCATARIO ningún beneficio, prestación, compensación, indemnización u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el presente.-----------------------------------------------------------
SEPTIMA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las partes constituyen domicilio contractual y electrónico en los indicados en el encabezado del presente donde serán tenidas por válidas todas las notificaciones que se cursen. Ambas partes se someten a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial Mar del Plata para todos los efectos derivados de este contrato y renunciara a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, inclusive el federal.-------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de igual tenor y a un solo efecto.