Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6613
Moreno, 30/09/2021
VISTO el Expte. H.C.D N° 34.577/2021, donde solicita se declaren los días 9, 10 y 11 de Octubre de cada año como “Los últimos días de Libertad Indígena” y el día 12 de Octubre como “Día de la Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios”; y
CONSIDERANDO que el uso de símbolos que identifiquen la integración intercultural, proponiendo Ia implementación de Ia Wiphala.
QUE es primordial fomentar el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas tal como lo prescribe nuestra Constitución Nacional en el Artículo 75° inc. 17, y las leyes N° 23.302 y 11.331 de Ia Provincia de Buenos Aires, el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas de Ia OIT y el Artículo 8° de Las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del año 2007.
QUE es necesario representar con símbolos contundentes lo que queda plasmado en una legislación, para que trascienda a lo largo del tiempo y sean un continuo disparador de reconocimiento real de la historia que nos atañe como partido.
QUE los Pueblos Originarios fueron habitantes primigenios de nuestro suelo y piedra basal de nuestra Nación, siendo, desde siempre, parte indisoluble en el proceso de Ia conformación étnico-cultural de nuestro país.
QUE a lo largo de nuestra historia han participado de múltiples y decisivos momentos que fueron dándole forma a nuestro país, enfrentándose al invasor inglés y al conquistador español, engrosando las filas en Ia lucha por la independencia, para luego terminar defendiendo los territorios propios, siendo sometidos al genocidio, Ia confinación y Ia miseria.
QUE los Pueblos Originarios de América Latina están representados por Ia Wiphala siendo el emblema de los mismos y la expresión de relaciones sociales, económicas y políticas de las comunidades.
QUE Ia palabra Wiphala proviene del aimara y significa emblema. Este símbolo sagrado identifica el sistema comunitario de los pueblos originarios basado en la equidad, la igualdad, la armonía, Ia solidaridad y la reciprocidad.
QUE el emblema Wiphala consta de cuarenta y nueve (49) cuadrados repetidos en siete (7) columnas por siete (7) filas y contiene siete (7) colores, con Ia diagonal central de color blanco de forma descendente de izquierda a derecha. La secuencia de colores de forma diagonal descendente, desde el primer cuadrado superior derecho tiene el siguiente orden:
QUE los colores de la Wiphala tienen la siguiente significación:
QUE muchas investigaciones arqueológicas sostienen que este símbolo acampaña a los pueblos originarios desde hace por lo menos 2000 años, ya que se han encontrado restos de ella en innumerables excavaciones realizadas en América latina.
QUE este emblema otorga sentido de unidad y pertenecía a todos los pueblos de América, entre los que se pueden nombrar a los Qom, Pilaga, Mocovies, Diaguitas, Calchaquies, Mapuches, Wichis, Guaranies, Coyas, Chiriguanos, Tehuelches, Vilelas meztizados, Chorotis y Chulupies.
QUE en nuestro país existen hoy en día treinta seis pueblos originarios con sus lenguas y tradiciones que resisten la invisibilización.
QUE para los pueblos originarios la Wiphala significa Ia reivindicación cultural tendiente a la reconstrucción y restablecimiento de Ia vida comunitaria de una sociedad justa y con derecho a la vida con autonomía propia.
QUE en Moreno existen numerosas familias provenientes de provincias del norte argentino, países andinos y otras comunidades limítrofes y latinoamericanas.
QUE se hace necesario visibilizar Ia existencia de una amplia diversidad étnica cultural, ya que estas comunidades son parte fundamental de las raíces y de nuestra historia local.
QUE se promueve una ciudad multicultural que garantice los derechos de cada uno de sus habitantes y que preserve los principios y valores de sus culturas originarias.
QUE Ia existencia de la Wiphala junto con Ia Bandera Argentina, no niega ni ofende al emblema patrio, tal como no niega ni ofende las banderas que representan a cada región o provincia; sino por lo contrario, lo que hacen es acompañarla y mostrar Ia diversidad de la Argentina.
QUE desde el 12 de octubre de 2018 Ia Wiphala se exhibe en la galería de Honor de las Banderas de América, en el Monumento Histórico Nacional a Ia Bandera en Ia ciudad de Rosario en Ia República Argentina.
QUE cada 24 de Junio se conmemora el Año Nuevo para los Pueblos Originarios de América.
QUE los días 9, 10 y 11 de octubre se conmemora los últimos días de Ia libertad de los pueblos aborígenes en América, y el 12 de octubre en el que recuerda el día de la resistencia y dignidad indígena, hoy Día de la Diversidad Cultural, fechas en las que Ia Bandera Wiphala debería flamear con el pabellón nacional en memoria y reivindicación de los pueblos originarios.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Adhiérase a Ia Ley Nacional N° 23.302 - Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes en Ia cual la Provincia de Buenos Aires ha formulado su adhesión.
ARTICULO 2°: Declárase en todo el Partido de Moreno a partir de Ia promulgación de Ia presente Ordenanza los días 9,10 y 11 de octubre de cada año como "Los Últimos Días de Libertad Indígena" y el 12 de octubre como "Día de Ia Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios".
ARTICULO 3°: Los días 9, 10, 11 y 12 de octubre, Ia Bandera Wiphala flameará con el pabellón nacional en todos los edificios públicos y actos conmemorativos, en memoria y reivindicación de los pueblos originarios.
ARTICULO 4°: Remítase copia digitalizada de la presente Ordenanza a la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte Municipal, al Consejo Escolar, a Ia Jefatura Distrital de DGCYE y al Coordinador Distrital y/o Regional de Ia Dirección Provincial de Políticas Socioeducativas, solicitando se impulsen políticas educativas por las cuales se debata y profundice el tema entre alumnos y alumnas de todos los niveles y modalidades del distrito.
ARTICULO 5°: El Departamento Ejecutivo otorgará una Bandera Wiphala en los plazos y forma que estime conveniente a todas las instituciones educativas públicas del Distrito.
ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 30 de Septiembre de 2021.
COLAZO Teresa B. BELLOTTA, Araceli
Secretaria Presidenta
Comunicado al D.E el día 15/10/2021
Promulgada mediante el Decreto N° 2262/21 de fecha 19/10/2021