Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6615
Moreno, 30/09/2021
VISTO el Expte. H.C.D N° 34.606/2021, s/ Declaración de Patrimonio Histórico y Cultural del Partido de Moreno a la Capilla “María Madre de la Iglesia” ubicada en la localidad de trujui; y
CONSIDERANDO que la Constitución Nacional, a través de su Artículo 41°, reconoce expresamente la obligación del Estado de "proveer a la preservación del patrimonio natural y cultural".
QUE la República Argentina ha suscripto y ratificado todas y cada una de las convenciones de UNESCO aplicables al Patrimonio Cultural.
QUE la República Argentina, a través del Congreso de la Nación, ha legislado históricamente en materia de Patrimonio Cultural sancionando leyes nacionales como la Ley N' 9080/1913 modificada por Ley N° 25743/2003; la Ley N° 12665/1940 y la Ley N° 25197/1999; entre otras.
QUE la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, a través de su Artículo 44°, afirma que "la provincia preserva, enriquece y difunde su patrimonio cultural, histórico, arquitectónico, arqueológico y urbanístico".
QUE la Provincia de Buenos Aires, a través del Poder Legislativo, ha sancionado normas aplicables al Patrimonio Cultural tales como la Ley N° 10.419/1986; la Ley N° 10.907/1990 modificada por Ley N° 12.459/2000 y Ley N° 12.905/2002; entre otras.
QUE el Municipio de Moreno, a través de su Departamento Legislativo, ha sancionado una decena de ordenanzas a los fines de proteger y potenciar su Patrimonio y Acervo Cultural.
QUE la Capilla "María Madre de la Iglesia" se trata de una de las obras monumentales del Arquitecto Claudio Víctor Antonio Caveri.
QUE el mencionado arquitecto es uno de los máximos exponentes del Movimiento "Casas Blancas” en la Provincia de Buenos Aires.
QUE a través del movimiento de casablanquismo, sus referentes y exponentes, buscaban recrear criterios arquitectónicos tradicionales en clave contemporánea.
QUE en el año 1958 Claudio Caveri se mudó e instaló junto a su familia en la localidad de Trujui. Partido de Moreno.
QUE a finales de la década del '50 y principios de la década del '60, el Arquitecto Caveri junto a su familia y otras familias miembros, fundaron la "Comunidad Tierra" en la mencionada localidad.
QUE de la experiencia "Comunidad Tierra” no solo se rescatan una serie de obras arquitectónicas, sino que también simbolizan un legado inmaterial por parte del Arquitecto Caveri a partir de la democratización de sus métodos y su mirada filosófica respecto a la arquitectura coma disciplina.
QUE en el Partido de Moreno la vida y, sobre todo, la obra del Arquitecto Caveri simbolizan un legado histórico y cultural para los tiempos.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Declárase Patrimonio Histórico y Cultural a la Capilla "María Madre de la Iglesia" ubicada en las inmediaciones de las calles B. Roldan y Av. Cjal. Caveri, Localidad de Trujui. Partido de Moreno: Circunscripción: 3 Sección: J Quinta: 7 Parcela: 1D.
ARTICULO 2°: Solicitase al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda incluir a la Capilla "María Madre de la Iglesia" en el Registro Municipal de Sitios y Bienes Culturales creado por Ordenanza N° 6.348/20 promulgada a través del Decreto D.E. N° 1681/20.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 30 de Septiembre de 2021.
COLAZO Teresa B. BELLOTTA, Araceli
Secretaria Presidenta
Comunicado al D.E el día 13/10/2021
Promulgada mediante el Decreto N° 2239/21 de fecha 15/10/2021