Boletines/Ezeiza

Decreto Nº1037

Decreto Nº 1037

Ezeiza, 05/08/2021

Visto

el Expediente Nº 24077/2020  y,

Considerando

Que, por Decreto Nº 992/20 se otorgo a la Sra. Carabajal Elba Lorena D.N.I 28.941.146 con domicilio en la calle Rayo de Sol Nº 1381 de la Localidad de la Unión, Partido de Ezeiza, la suma de $ 10.000,00 (Pesos Diez Mil) a devengar             $ 5.000 (Pesos Cinco Mil) por mes en concepto de subsidio.

 

Que, a pesar de los reclamos realizados no se obtuvo respuesta.

 

Que, el importe faltante de la rendición es de $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil)

 

Que, se debe proceder de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.

 

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTICULO 1º. Se deja estipulado que la Sra. Sra. Carabajal Elba Lorena D.N.I 28.941.146 con domicilio en la calle Rayo de Sol Nº 1381 de la Localidad de la Unión, Partido de Ezeiza, no podrá recibir ningún tipo de subvención o subsidio a partir de la firma del presente por haber incumplido con la rendición correspondiente tal cual lo establecía el Art. 3º del Decreto Nº 992/20.

 

ARTICULO 2º. Lo determinado en el Artículo Primero es en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Art. 276º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 132º del Reglamento de Contabilidad.

 

ARTICULO 3º. Independientemente de lo establecido en el presente, procédase al recupero de las sumas faltantes de Rendición $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil) con más los intereses que correspondan.

 

ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome conocimiento Contaduría. Hecho, archívese.-