Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 1102/2021
Adolfo Gonzales Chaves, 20/10/2021
Visto
El Expediente 4055-241-2016, donde a fojas a 55 los miembros de la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA MEDIA Nº 3 de ADOLFO GONZALES CHAVES, solicitan un Subsidio destinado a solventar los gastos de transporte, que será utilizado en el traslado, desde Gonzales Chaves a la ciudad de Miramar, con espera y regreso incluido, a alumnos y docentes del 6º año de la orientación Artes Visuales de dicha Institución, quienes asistirán a la 5ta. Edición de la “Bienal Internacional de Arte Miramar 2021”, en el marco del proyecto áulico “Los abrazos en pandemia”; y
Considerando
Que existen fondos de Redistribución Educativa;
Que los mismos según la Ley 26.075 deben prioritariamente lograr entre otros objetivos, estrategias y mecanismos de asignación de recursos destinados a garantizar la inclusión, permitiendo favorecer la igualdad de oportunidades;
Que a fojas 58/59 se agregó informe de Contaduría Municipal;
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA MEDIA Nº 3 de ADOLFO GONZALES CHAVES, un Subsidio de Pesos CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), destinado a solventar los gastos de transporte, que será utilizado en el traslado, desde Gonzales Chaves a la ciudad de Miramar, con espera y regreso incluido, a alumnos y docentes del 6º año de la orientación Artes Visuales de dicha Institución, quienes asistirán a la 5ta. Edición de la “Bienal Internacional de Arte Miramar 2021”, en el marco del proyecto áulico “Los abrazos en pandemia”.-
ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente
Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente
Fuente de Financiamiento: 132 de origen provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación
ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-