Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 1072/2021
Adolfo Gonzales Chaves, 13/10/2021
Visto
El Expediente 4055-9-2021, Cuerpo III, Ref. Programa Fortalecimiento Familiar Ley 13.163; y
Considerando
Lo solicitado a fojas 462, 464, 465, 467, 470, 475;
Lo informado por Contaduría Municipal a fojas 477;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto, a partir del 1º de Octubre de 2021 inclusive, la ayuda económica otorgada en el artículo 1º por Decreto nº 546/2021, al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar:
TRABELLA Walter Sebastián, DNI Nº 32.679.185
ARTICULO 2º.- Déjese sin efecto, a partir del 1º de Septiembre de 2021 inclusive, las ayudas económicas otorgadas en el artículo 3º por Decreto nº 759/2021, a los siguientes beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar:
ARCE Daiana Celeste, DNI Nº 29.163.391
CARNOTA Marcos Alberto, DNI Nº 16.169.795
ERDOCIA Daniel Omar, DNI Nº 16.985.866
ARTICULO 3º.- Déjese sin efecto, a partir del 1º de Octubre de 2021 inclusive, la ayuda económica otorgada en el artículo 3º por Decreto nº 759/2021, al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar:
PELLEGRINI Juan Ignacio, DNI Nº 38.958.831
ARTICULO 4º.- Otorgase a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar detallados seguidamente, la suma estipula para cada uno de ellos, en los siguientes periodos:
Pesos Ocho Mil ($ 8.000) mensuales, desde Septiembre a Diciembre de 2021, inclusive a:
VICTOLA Melany Esmeralda, DNI Nº 44.561.385
Pesos Diez Mil ($ 10.000) mensuales, desde Septiembre a Diciembre de 2021, inclusive a:
GONZALEZ Narela Alexia Lujan, DNI Nº 41.784.240
ARTICULO 5º.- El gasto mencionado se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente
Programa 17.01.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163
Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.3.0 Becas
ARTICULO 6º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 7º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-