Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 1055/2021
Adolfo Gonzales Chaves, 06/10/2021
Visto
La nota remitida por la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA Nº 1 de Adolfo Gonzales Chaves, agregada a fojas 27 del Expediente 4055-257-2016, solicitando un subsidio destinado a solventar los gastos de materiales y mano de obra para la reparación de las paredes en las aulas y en los pasillos de la Institución; y
Considerando
Que, existen fondos de Redistribución Educativa;
Que, los mismos según Ley 26.075 deben prioritariamente lograr entre otros objetivos, estrategias y mecanismos de recursos destinados a garantizar la inclusión y permanencia, permitiendo favorecer la igualdad de oportunidades;
Que, a fojas 30/31, se agrega el informe de Contaduría Municipal;
Que, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA Nº 1 de ADOLFO GONZALES CHAVES un Subsidio de Pesos OCHENTA MIL NOVECIENTOS ($ 80.900.-), destinado a solventar los gastos de materiales (durlock y pintura) y mano de obra para la reparación de las paredes en las aulas y en los pasillos de la Institución.-
ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente
Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente
Fuente de Financiamiento: 132 de origen provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.8.0 Transferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación
ARTICULO 4º.- Tome razón Contaduría y Tesorería.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-