Boletines/Quilmes

Decreto Nº3946/2021

Decreto Nº 3946/2021

Quilmes, 23/11/2021

Visto

el Expediente Nº 4091-10406-D-2021, iniciado por la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es  la contratación del servicio de reparación y mantenimiento de máquina vial perteneciente a dicha Secretaría, en el marco del artículo 156 inciso 6° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Considerando

Que la Secretaría de Servicios Públicos solicita la contratación del servicio de mantenimiento y reparación de máquina vial perteneciente a la misma, bajo la modalidad de compra excepcional del artículo 156 inciso 6° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6.769/58);

r                                            Que    fundamenta     tal  petición,     en    virtud     de "/a urgente

necesidad de prestar un óptimo y continuo servicio en el mantenimiento de las vías de comunicación dentro del partido de Qui/mes"(. ..)" (cfme. fs. 2);

Que luce agregada la Solicitud de Pedido 2997/2021 de fecha 22 de octubre del 2021;

Que obra registro de invitados a cotizar;

Que lucen agregados los presupuestos de diferentes proveedores y sus respectivas fichas;

Que se encuentra agregada la Comparación de Ofertas .de fecha 11 de noviembre del 2021;

Que obra Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no .habría objeciones técnico jurídicas para ejecutar la contratación directa solicitada en el marco de la normativa analizada (art. 156, inc. 6º L.O.M y Ordenanza Nº 12.606/16);

Que la Ordenanza 12.606/16 que declara la Emergencia en materia de Infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos, la cual adhiere a la Ley Provincial Nº 14.812, prorrogada el día 19 de diciembre de 2019 por el plazo de un año a través de la Ley Provincial Nº 15.165;

Que la Ley Provincial Nº 15.165 fue prorrogada nuevamente por el plazo de un año a partir del 23/12/2020 mediante Decreto Provincial Nº 1176/2020;

Que el artículo 2º de la citada Ordenanza autoriza explícitamente al Departamento Ejecutivo a contratar la prestación de los servicios necesarios para hacer frente a la situación de emergencia;

Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 194 establece que: '11]a Compra Directa es procedente hasta el monto que fija la Ley Orgánica Municipal o para los casos de excepción previstos en la misma (artículos 151 y 156). La autoridad contratante procurará asegurarse por los medíos a su alcance, que el precio cotizado sea el más conveniente de plaza a la fecha de la contratación.";

Que el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 y modificatorias vigentes) establece excepciones a las previsiones determinadas respecto a licitaciones y concursos, admitiendo compras y contrataciones directas en los casos de '1a reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general." (cfme. inc. 6º del artículo citado);

Que respecto del presupuesto de la empresa proveedora TVL

S.A. teniendo en consideración las características del servicio y las condiciones comerciales ofrecidas, resultaría el valor corriente en plaza más conveniente en el mercado;

Que las excepciones establecidas para las licitaciones y concursos de precio en este tipo de adquisiciones, no implica descuidar los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;

Que el artículo 88 del Reglamento Municipal de Compras y Suministros, hace referencia al procedimiento de contratación directa, sin límite de monto, cuando el caso encuadre dentro de las excepciones establecidas  en el artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 y modificatorias vigentes);

Que el artículo 89 del mismo reglamento, establece los requisitos, los cuales se encuentran cumplidos en los presentes;

Que el Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes, faculta a la Intendenta Municipal para adjudicar o rechazar las contrataciones efectuadas por el Departamento Ejecutivo;

Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación directa de contratación de servicio de reparación y mantenimiento de máquina vial;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 156 inciso 6º de la Ley Orgánica de  las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modificaciones vigentes), artículo 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y los artículos 88 y 89 del Reglamento de Contrataciones Compras y Suministros de la Municipalidad de Quilmes; y

Por todo lo expuesto;

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "TVL S.A." CUIT Nº 30-71082029-1 el objeto de la contratación directa consistente en el servicio de reparación y mantenimiento de máquina vial pertenecientes a la Secretaría de Servicios Públicos, conforme a la Solicitud de Pedido Nº 2997/2021, por un mónto total de pesos dos millones seiscientos veintidós mil ochocientos noventa y tres($ 2.622.893-) IVA incluido, de conformidad a los valores presupuestados.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 1110174000 en la Subjurisdicción "Secretaría de Servicios Públicos"; Categoría Programática 01.00.00, Fuente de Financiamiento 11O; correspondiendo a la Partida 3.3.3.0.-

ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-

Alejandro E. Gandulfo                                           Mayra S. Mendoza                                         Claudio H. Carbone

Jefe de Gabinete                                                     Intendenta                                                        Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes                                Municipalidad de Quilmes                            Municipalidad de Quilmes

 

Maria A. Stolzing Ugarte

Secretaria de Hacienda

Municipalidad de Quilmes

              Ángel D. García

Secretario de Servicios Públicos

MUNICIPALIDAD DE QUILMES

DECRETO 3946/2021