Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3916/2021
Quilmes, 23/11/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-10345-D-2021, iniciado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante de Quilmes, cuyo objeto es la contratación del servicio de adecuación e instalación de la· red eléctrica en el recinto del Honorable Concejo Deliberante;
Considerando
Que en el expediente referenciado en el visto, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante destacó que "(. ..) se solícita la contratación de un servicio externo (. ..) para la instalación de la red eléctrica en el recinto del Honorable Concejo Deliberante, dado que el personal de mantenimiento existente no cuenta con la capacitación y elementos tecnológicos para este trabajo". (cfme.fs.4);
Que el artículo 148° (2º y 3º párrafo) del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) establece que "cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. La selección se efectuará entre los inscriptos en la especialidad requerida, según los antecedentes que registren";
Que la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas ha considerado factible la contratación de personal bajo la modalidad de locación de obra con carácter excepcional, siempre que no se cuente con el personal especializado o el existente se declare incompetente;
Que en razón de las necesidades señaladas y en cumplimiento éon el marco normativo vigente, resulta indispensable proceder a la contratación del servicio solicitado;
Que en los presentes actuados lucen agregadas la Solicitud de Pedido Nº 2956/2021, la solicitud de gastos Nº 10-3661, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 2781/2021, así como también las fichas de los proveedores correspondientes;
Que se han invitado a presupuestar a tres (3) proveedores, haciéndose la correspondiente comparativa de oferta entre ARGENTINA SEVE
S.R.L. y THE WOLF BUILDING S.A., dado que JAYA CONSTRUCCIONES
S.R.L. no efectuó cotización alguna;
Que el Decreto-Ley 6.769/58 en su artículo 153 establece que "en los concursos de precios se solicitará cotización como mínimo a tres (3) comerciantes.";
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires determina en su artículo 191 que "en los concursos de precios se invitará como mínimo a tres comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, procurándose que rotativamente las invitaciones lleguen a todos los inscriptos." y en su artículo 193 que los mismos "serán adjudicados por el Intendente.";
Que en los presentes se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la normativa reseñada para el concurso de precios, esto es, se invitaron a presupuestar a tres (3) proveedores, presentando dos (2) de ellos cotizaciones, y se agregaron la totalidad de las fichas de inscripción, por lo que se encuentran cumplidos los recaudos de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que obra nota del Presidente del HCD mediante la cual desestima los ítems 13, 14, 15 y 19 por encontrarse desiertos;
Que de acuerdo a la comparación de ofertas efectuada en las actuaciones de referencia, el precio presupuestado por la empresa proveedora ARGENTINA SEVE S.R.L. resultaría ser el más conveniente;
Que en las presentes actuaciones obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye que no se encuentran objeciones técnico jurídicas que formular a la contratación pretendida;
Que conforme a derecho por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación por concurso de precios consistente en la contratación del servicio de instalación de la red eléctrica en el recinto del HCD;
Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 148, 2º y 3º párrafo, 151, 153 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: RECONÓCESE la incompetencia presentada por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante consistente en la contratación del servicio de adecuación e instalación de la red eléctrica en el recinto del Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 2°: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "ARGENTINA SEVE S.R.L." CUIT Nº 30-71526522-9 el objeto de la contratación por concurso de precios consistente en el servicio mencionado en el Artículo 1º, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 2956/2021, efectuada por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, por un monto total de pesos un millón cuarenta y cuatro mil diecisiete con cincuenta centavos ($ 1.044.017,50.-) IVA incluido, de conformidad con los valores presupuestados, todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dicha oferta la más conveniente en el mercado.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central - Jurisdicción 1110200000, Presidencia Honorable Concejo Deliberante, Categoría programática 01.00.00 Fuente de Financiamiento 110, en las Partidas 2.9.3.0., 2.5.8.0., 2.7.9.0.,
4.3.9.0., 4.3.6.0., 2.9.6.0. y 3.3.2.0.-
ARTÍCULO 4º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3916/2021