Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3876/2021
Quilmes, 12/11/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-9201-D-2021, iniciado por la Secretaría de Mujeres y Diversidades· de'° ]a Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación del servicio ·de. asesoramiento y evaluación para la puesta en funcionamiento del nuevo Centro Integral Isabel Pallamay;
Considerando
Que en el expediente referenciado en el visto, la Secretaría de Mujeres y Diversidades destacó que ".. .se solicita la contratación de un servicio externo para la evaluación de las necesidades en materia de género, de las cuales aún no han sido abordadas por la gestión de la Secretaría de Mujeres y Diversidades, ya que el personal no cuenta con las herramientas y las capacidades para llevar a cabo dichas tareas (cfme.fs.6);
Que el artículo 148° (2º y 3º párrafo) del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) establece que "cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. La selección se efectuará entre los inscriptos en la especialidad requerida, según los antecedentes que registren";
Que la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas ha considerado factible la contratación de personal bajo la modalidad de locación de obra con carácter excepcional, siempre que no se cuente con el personal especializado o el existente se declare 'incompetente;
Que en razón de las necesidades señalad.as y en cumplimiento con el marco normativo vigente; resulta indispensable proceder a la contratación del servicio solicitado;
Que en los presentes actuados lucen agregadas la Solicitud de Pedido Nº 272812021, la solicitud de :gastos Nº 10-3339, el Registro de Invitados a Cotizar Nº 2627/21, así como también las fichas de los proveedores correspondientes;
Que se han invitado a presupuestar a tres (3) proveedores haciéndose la correspondiente comparativa de oferta entre GRUPO VICNET
S.R.L y POLITEIA ASOCIACION CIVIL, dado que 3 GLA NETWORKS S.A. no efectuó cotización alguna;
Que el Decreto-Ley 6.769/58 en su artículo 153 establece que "en los concursos de precios .se solicitará cotización como mínimo a tres (3) comerciantes.";
Que el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires determina en su artículo 191 que "en los concursos de precios se invitará como mínimo a tres comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores,procurándose que rotativamente las invitaciones lleguen a todos los inscriptos."
y en su artículo 193 que los mismos "serán adjudicados por el Intendente.";
Que en los presentes se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la normativa reseñada para el concurso de precios, esto es, se invitaron a presupuestar a tres (3) proveedores, presentando dos de ellos cotizaciones, y se agregaron la totalidad de las fichas de inscripción, por lo que se encuentran cumplidos los recaudos, de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que de acuerdo a la comparación de ofertas efectuada en las actuaciones de referencia, el precio presupuestado por la empresa proveedora POLITEIA ASOCIACION CIVIL, resultaría ser el más conveniente;
Que en las presentes actuaciones obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quil'mes en el cual se concluye que no se encuentran objeciones técnico jurídicas que formular a la contratación pretendida;
Que conforme a derecho por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable dictar el presente acto administrativo de adjudicación por concurso de precios consistente en la contratación del servicio de asesoramiento y evaluación;
Que el recurso utilizado será el proveniente de la Fuente de Financiamiento 11O (Tesoro Municipal);
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 148, 2º y 3º párrafo, 151, 153 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: RECONÓCESE la incompetencia presentada por la Secretaría de Mujeres y Diversidades consistente en el servicio de asesoramiento y evaluación para la puesta en funcionamiento del nuevo Centro Integral Isabel Pallamay.-
ARTÍCULO 2°: ADJUDÍCASE a la empresa proveedora "POLITEIA ASOCIACION CIVIL" CUIT Nº 30-71626510-9 el objeto de la contratación por concurso de precios consistente en el servicio mencionado en el Artículo 1º, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 2728/2021 efectuada por la Secretaría de Mujeres y Diversidades, por un monto total de pesos quinientos ochenta y ocho mil ($ 588.000,00.-) IVA incluido, de conformidad con los valores presupuestados, todo ello de conformidad con lo actuado y por resultar dicha oferta la más conveniente en el mercado.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central - Departamento Ejecutivo 1110183000, Secretaría de Mujeres y Diversidades, Categoría programática
01.00.00 Fuente de Financiamiento 11O, en la Partida 3.4.1.0.-
ARTÍCULO 4º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dese al registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Sofía Tome
Secretaria de Mujeres y Diversidad
Municipalidad de Quilmes
Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3876