Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3826/2021
Quilmes, 09/11/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-9239.-D-2021 iniciado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública de la Municipalidad de Quilmes, cuyo objeto es la contratación de trabajos a realizar en relación al Acuerdo de Transferencia de Fondos para la ejecución de Obra correspondiente al Plan Agua y Cloaca más Trabajo, respecto a la Obra Red Secundaria de Agua Potable en el Barrio Garay, celebrado entre Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima y la Municipalidad de Quilmes, el cual fue registrado con el número 0706, en fecha 9 de septiembre de 2021, en el marco del art. 132 inc. c) del Decreto Ley 6769/58; y
Considerando
Que el artículo 132 inciso c) del Decreto-Ley Nº 6769/58 (LOM), establece que '11]a ejecucíón de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalídades, su íntervencíón será oblígatoría. Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sín tal requisito, cuando: (... ) inciso c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asocíacíones de vecinos."
Que la excepción legal, aplicable al caso, no deja por ello de atender los detalles de transparencia, seguridad jurídica y responsabilidad que debe imperar en la gestión de los bienes públicos;
Que en autos obran la copia del Acuerdo Nº0706/2021 registrado en fecha 09 de septiembre del 2021, la Solicitud de Pedido Nº 2750/2021, la solicitud de gastos y las especificaciones técnicas de la obra a ejecutar;
Que luce agregada la nota suscripta por la Sra. secretaria de Desarrollo Urbano y Obra Pública, por la que solicita que se adjudiquen los trabajos a realizar en el marco del acuerdo citado, a la Cooperativa de Trabajo Las Termitas Limitada, dado que "posee una amplía experiencia en la rea/izacíón de obras de obras de agua potable e ínstalacíones de desagües cloaca/es. Asimismo, se destaca que el personal integrante de la cooperativa mencionada se encuentra capacitado específicamente para la realización de las tareas que comprende la obra (. ..)";
Que en los actuados obra el Dictamen de la Subsecretaria de Asesoría Letrada de la Municipalidad de Quilmes en el cual se concluye en que no se encuentran objeciones jurídicas para ejecutar en la contratación directa en cuestión, entendiendo viable la aplicación del art. 132 inc. c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que asimismo que en el ámbito de nuestro Distrito se encuentra actualmente declarada la emergencia en materia Sanitaria a través de la Ordenanza Nº 13.318/2019 de fecha 30/12/2019 (prorrogada mediante Ordenanza Nº 13503/2021 de fecha 23 de agosto del 2021), en donde en su artículo 3° autorizó expresamente al Departamento Ejecutivo, conforme el artículo 52° de la L.O.M., a reasignar partidas y efectuar, con carácter excepcional y durante el plazo que dure la Emergencia, contrataciones directas
que tengan por objeto "brindar solución a las necesidades sanitarias y ambienta/es locales".
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta necesario y razonable efectuar el presente acto administrativo de adjudicación directa consistente en la ejecución de la obra objeto de autos;
Que el recurso utilizado será proveniente de la Fuente de Financiamiento 133 (origen nacional);
.Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 132 inciso c) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº6.769/58 con modifica iones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º: ADJUDÍCASE al proveedor "COOPERATIVA DE TRABAJO
LAS TERMITAS LIMITADA" CUIT Nº 30-71614800-5, el objeto de contratación directa consistente en trabajos a realizar en relación al Acuerdo de Transferencia de Fondos para la ejecución de Obra correspondiente al Plan Agua y Cloaca más Trabajo, respecto a la Obra Red Secundaria de Agua Potable en el Barrio Garay, celebrado entre Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima y la Municipalidad de Quilmes, el cual fue registrado con el número 0706, en fecha 9 de septiembre de 2021, en el marco del art. 132 inc. c) del Decreto Ley 6769/58, de acuerdo a la Solicitud de Pedido Nº 2750/2021, por un monto total de pesos nueve millones novecientos veintiocho mil ochocientos treinta y dos con cuarenta y nueve centavos ($ 9.928.832,49) !VA incluido, de conformidad a los valores cotizados.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente gasto se imputará en el Presupuesto de Gastos de la Administración Central 111.00.00.000 Departamento Ejecutivo 111.01.73.00 en la Subjurisdicción "Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra Pública", Categoría Programática 81.82.00, Fuente de Financiamiento 133; correspondiendo a la Partida 5.2.5.0.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Arq. Cecilia Soler Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaría de Desarrollo Secretaria de Hacienda
Urbano y Obra Pública Municipalidad de Quilmes
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3826/2021