Boletines/Quilmes

Decreto Nº3784/2021

Decreto Nº 3784/2021

Quilmes, 03/11/2021

Visto

EL Expediente Nº 4091-6232-D-2020 en referencia al accionar del agente CARBALLO ALBERTO RAMÓN, Legajo 18582; y

 

Considerando

Que, a fojas 7/8, obra Decreto Nº 2524 de fecha 19/11/2020 del Departamento Ejecutivo, disponiendo la sustanciación del sumario administrativo por deslinde de responsabilidades, en razón de los hechos que se le encartaban al mencionado agente, ésto es, las reiteradas inasistencias sin justificación de su parte a su puesto de trabajo.

Que, a fojas 11/12, obra despacho aceptación del cargo por parte de la instrucción del mismo y auto de apertura a prueba de las actuaciones.

Que, a fojas 13/47 obra la instrucción del sumario.

Que a fs. 30 obra declaración indagatoria del agente CARBALLO ALBERTO RAMÓN , Legajo 18582, en la que manifestó que en el particular bajo investigación, hubo un sábado en el que habiéndose presentado a prestar tareas, no se encontraba a disposición la planilla de asistencias, dejando asentada dicha circunstancia en el libro de novedades, todo ello en presencia del agente administrativo ARTOLA.

Que a fs. 43 obra declaración testimonial del agente Luis María ARTOLA, legajo Nº 32904, en la ratifica lo manifestado en su ocasión por el agente sumariado CARBALLO, al decir que hubo un sábado en el cual la planilla de asistencia no se encontraba a disposición de los agentes que laboraban en el establecimiento para su suscripción.

Que, a fojas 48/49, el Departamento de Sumarios, aconseja el Sobreseimiento Provisorio, con base en lo dispuesto en el artículo 74, tercer apartado, inciso a) del Decreto 560/84, por no . resultar suficientemente acreditada la comisión del hecho que originó el presente sumario, ésto es, haberse probado las inasistencias del agente invocadas, ni que se haya resentido el servicio de maestranza en su lugar de trabajo.

Que, a fojas 50 obra Dictamen de Firma Conjunta Nº1132/21 de la Subsecretaría de Asesoría Letrada, compartiendo el criterio adoptado por el área de Sumarios en la precedente resolución; entendiendo, por ende, que resulta necesario el dictado del correspondiente acto administrativo de estilo.

Que conforme surge de la resolución de la Subdirección de Sumarios y del dictamen de firma conjunta de la Subsecretaría de Asesoría Letrada, por no existir motivos o causas· suficientes para responsabilizar a agentes municipales por el hecho investigado, resulta razonable decretar el sobreseimiento provisorio conforme lo dispuesto por el artículo 74 apartado tercero inciso a) del Decreto 560/84 y sus modif. y disponer la conclusión del sumario.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 258 y concordantes dé la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes), el artículo

24 y concordantes de la Ley Provincial Nº 14.656, y el artículo 59 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1 de los Trabajadores Municipales de Quilmes; y

 
   

Por todo lo expuesto:

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO : DISPONER EL SOBRESEIMIENTO PROVISORIO en el Expediente Nº 4091-6232-D-2020 del agente CARBALLO ALBERTO RAMÓN , Legajo 18582, por no encontrarse probadas sus inasistencias, de acuerdo a lo prescripto por el Artículo art. 74 - apartado tercero - inc. a) del Decreto 560/84 y sus modificatorios, por los motivos invocados en los  considerandos precedentes.

ARTÍCULO  2°:  NOTIFÍQUESE  al agente     CARBALLO   ALBERTO   RAMÓN  ,Legajo  18582  a través  del área  de Personal,  departamento  de  de Legajos y Salarios, y remítase a la Subdirección de Sumarios para su prosecución.

ARTÍCULO 3°: PROCÉDASE a su reserva en la Subdirección de Sumarios hasta tanto se cumplan los términos para la conversión del Sobreseimiento Provisorio en Definitivo.

ARTÍCULO 4°: DISPÓNESE que el presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 5°:  COMUNÍQUESE  a quienes corresponda remitase a Subdirección de Sumarios y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 3784/2021