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Decreto Nº3773/2021

Decreto Nº 3773/2021

Quilmes, 03/11/2021

Visto

 

la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Decreto-Ley 9.650/1980 (texto ordenado aprobado por Decreto Nº 600/94, y las modificaciones introducidas con posterioridad por las Leyes Nros. 11562, 12150, 12302, 12.634, 12.750 y 12.867), la Ley Nº 12.950

(con modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.547), la Ley Provincial Nº 14.656, el Decreto Provincial Nº 476/81, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes, el Decreto Nº 3579/16 y el EX-2021-00160491- -QUI-CGADPER#JDG; y

 

Considerando

Que por Decreto 3265/21, se dispuso la Baja a los efectos de

acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada del agente Santis Ovalle, José Eduardo (Leg. 20.022), a partir del 1° de noviembre de 2021;

Que se hace necesario dejar sin efecto la Baja - Jubilación por Edad Avanzada otorgada al agente antes mencionado;

Que el agente Santis Ovalle, José Eduardo (Leg. 20.022), quien se desempeña en la Subsecretaria de Promoción Ambiental, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable, reúne los requisitos necesarios para acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada, conforme lo determinado en el artículo 35 y concordantes del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), el artículo 20 del Decreto Provincial 476/81 reglamentario del citado Decreto-Ley 9.650/1980 (T.O.), la ley Provincial Nº 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo 138/2016 de los Trabajadores de la Municipalidad de Quilmes;

Que el agente antes mencionado cumple con los recaudos necesarios para la obtención de la Jubilación por Edad Avanzada que establece el artículo 35 del ya mencionado Decreto-Ley 9.650/1980;

Que habiéndose cumplimentado con el período de 36 meses establecido en el Decreto Nº 3579/16, correspondería proceder a la Baja con fines jubilatorios;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO : DÉJASE SIN EFECTO el Decreto 3265/21, de fecha 04 de octubre de 2021.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE la baja a partir del 1° de noviembre de 2021, en el cargo de Obrero Clase IV, imputado en la Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 60 - Actividad Central 01, a los efectos de acogerse a la Jubilación por Edad Avanzada, del agente Santis Ovalle, José Eduardo (Leg. 20.022 - CUIL Nº 20- 16518810-2 - Fecha de nacimiento: 30 de octubre de 1956) - Fecha de Ingreso:

del 1° abril de 1998 al 31 de diciembre de 1999, del 1° de enero de 2008 al 1° de

noviembre de 2021 - Antigüedad Municipal: 15 años, 06 meses y 29 días.-

ARTÍCULO 3°: De conformidad con lo establecido en el Artículo 1° de la Ley Nº 12.950 (con modificaciones introducidas por la Ley Nº 13.547), el mencionado agente percibirá el cuarenta y dos por ciento (42%) de su remuneración mensual, sin prestación de servicios, como anticipo jubilatorio reintegrable por la Municipalidad de Quilmes, hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional y será deducido al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes.-

ARTÍCULO 4°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.­

ARTÍCULO 5°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-

     Lic. Alejandro E. Gandulfo                                   Mayra S. Mendoza                                         

                  Jefe de Gabinete                                                  Intendenta

       Municipalidad de Quilmes                                   Municipalidad de Quilmes

DECRETO 3773/2021