Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3641/2021
Quilmes, 27/10/2021
Visto
la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Decreto Nº 2728/21 y el EX-2021-00114488-QUI CGADPER#JDG; y
Considerando
Que en Orden 15, obra descargo presentado por el ex agente Sr. Miño, Adrián Eduardo (Leg 28.528), en fecha 13/09/2021, mediante el cual peticiona la revisión de su Cesantía por abandono de cargo, dado referir que no habría recibido notificación alguna en su domicilio a los efectos de justificar sus inasistencias, presentando únicamente copias de certificados médicos que pese a la poca legibilidad de los mismos, puede distinguirse que los mismos fueron expedidos en fecha 09/09/2021;
Que en orden 18, glosa Dictamen de la Subsecretaría de Asesoría Letrada, donde expone que: "(... ) En primer término, resulta insoslayable destacar que el análisis referente al plexo normativo aplicable al presente caso, como así también, lo referente al tratamiento de las inasistencias en sí ya fue desarrollado por esta dependencia, conforme se detallará supra, en oportunidad de la emisión del dictamen de orden 7, al cual nos remitimos por cuestiones de economía procedimental;
Que señalado esto, es dable precisar que en fecha 26.07.21 el ex agente fue debidamente notificado e intimado para que en el plazo de 1O días hábiles presente ante la comuna debida justificación a sus inasistencias, toda vez que conforme los registros obrantes en el Departamento Control de Asistencia, el mismo registraba faltas alternadas en los meses de Julio/20 a diciembre de dicho año y en los meses de enero/21 a junio del corriente año, habiendo dictaminado, el 13.08.21, esta Asesoría Letrada mediante IF-2021- 116409-QUI-ASELET#SLYT que se encontraría configurado el abandono de cargo;
Que en esta inteligencia, el Departamento Ejecutivo, en fecha 26 de agosto de 2021, dictó el Decreto Nº 2728/21 que dispuso la Cesantía del agente Miño por abandono de cargo, procediéndose, posteriormente, a notificársele dicho acto administrativo;
Que sentado lo expuesto, corresponde determinar que el actual pedido de revisión de la cesantía decretada ha sido presentado extemporáneamente, dado que ingresó ante la comuna en fecha 13.09.2021, acompañando únicamente copias simples de certificados médicos de escasa legibilidad, advirtiéndose que los mismos fueron expedidos en fecha 9/9/2021, es decir con posterioridad a las fechas que se le endilgan injustificadas, por lo que no correspondería que prosperé el planteo del ex agente MIÑO dado que lo esgrimido no se encontraría acreditado por el requirente, ni tampoco surge de los registros municipales lo aludido;
Que es por ello, que teniendo en cuenta que la medida adoptada de Cesantía por Abandono de Cargo del ex agente MIÑO, Adrián Eduardo, legajo Nro.: 28.528 (Decreto Nº 2728/21) se llevó a cabo dentro del marco legal vigente que posee el Municipio para llevar adelante la organización administrativa de su personal, este Órgano de Asesoramiento Jurídico entiende
que el Acto se ajustó a derecho, razón por la cual el pedido de revisión interpuesto no podrá prosperar";
Que, en virtud de lo dictaminado por la Subsecretaría de Asesoría Letrada corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: DESESTÍMASE lo peticionado por el Sr. Miño, Adrián Eduardo (Leg 28.528), por los motivos invocados en los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 2°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 3°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-
ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General
y ARCHIVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3641/2021