Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5419

Ordenanza Nº 5419

Bragado, 05/11/2021

VISTO: La solicitud presentada por la firma CONBRA S.A., referente a la compra de cuatro parcelas en el Parque Industrial de Bragado “Ing. Jaime Bernardo Coll”, en los términos de la Ordenanza Nº 4198/12; y, CONSIDERANDO: Que, por medio del Expediente Nº 4014-4711/21, la empresa CONBRA S.A., CUIT Nº 30-60229148-7, solicita la compra de cuatro parcelas en el Parque Industrial de Bragado para desarrollar el Proyecto Productivo de Hilandería, Tintorería y Tejeduría; Que, se ha puesto a disposición los lotes 1, 2, 3 y 4 de la zona de ampliación del Parque Industrial de Bragado conforme el Anteproyecto del Plano de parcelamiento en trámite bajo el Expediente 2020-27805924 ante la Dirección Provincial de Desarrollo Industrial dependiente del Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires, que cuentan con una superficie aproximada de 32.969,09 metros cuadrados; siendo la nomenclatura catastral de origen Circunscripción V, Parcela 211 f, Matrícula Nº 23.318; Que, la superficie total de las parcelas que se transmiten quedará supeditada a la aprobación definitiva del correspondiente Plano de Mensura por el Organismo Provincial competente; Que, la Agencia de Desarrollo Bragado, en su carácter de órgano consultivo del Régimen de Promoción Industrial de la ciudad de Bragado, se ha expedido a favor de la venta de los lotes de terrenos ubicados en la zona de ampliación del Parque Industrial a la empresa CONBRA S.A.; Que, los mencionados lotes han sido tasados por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, correspondiendo su venta en bloque por tratarse de un solo emprendimiento productivo, siendo por tanto su cotización total de pesos Cuarenta Millones Quinientos Mil ($ 40.500.000); Que, por aplicación del artículo 4 inciso a) de la Ordenanza Nº 4198/12 los nuevos emprendimientos gozan de un descuento de hasta el cincuenta por ciento (50%) del precio de las parcelas a adquirir; Que, por tal razón la empresa CONBRA S.A. abonará la suma total de Pesos Veinte Millones Doscientos Cincuenta Mil ($ 20.250.000) por la adquisición de las cuatro parcelas en el Parque Industrial, monto que pagará en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas; Que, a su vez con la nota de elevación se adjunta Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), copia de Certificado de Habilitación comercial Municipal, copia de la Escritura Pública de constitución de la Sociedad Anónima y Estatuto Social y copia de la Memoria Estados Contables e Información complementaria correspondiente al año 2020; Que, de igual modo, la Administración ha constatado la actividad laboral del solicitante, conteste a los requerimientos normativos que alcanzan a las modalidades y restricciones para las transferencias de parcelas Industriales en el Parque Industrial de Bragado; Que, corresponde al Honorable Concejo Deliberante legislar al respecto de un todo de acuerdo a la legislación vigente, POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5419/21

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo la venta a la empresa CONBRA S.A., CUIT Nº 30-60229148-7, de cuatro lotes de terreno de propiedad municipal ubicados en la zona de ampliación del Parque Industrial de Bragado “Ing. Jaime Bernardo Coll”, con una superficie total aproximada de 32.969,09 metros cuadrados, que se identifican como lotes 1, 2, 3 y 4 conforme surge del Anteproyecto del Plano de Parcelamiento en trámite bajo el Expediente 2020-27805924 ante la Dirección Provincial de Desarrollo Industrial dependiente del Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires, siendo la nomenclatura catastral de origen Circunscripción V, Parcela 211 f, Matrícula Nº 23.318.- ARTICULO 2º.- La superficie total de los lotes que se transfieren quedará supeditada a la superficie que surja de la aprobación final del Plano de Mensura y su respectivo parcelamiento por parte del Organismo de Control Provincial correspondiente.- ARTICULO 3º.- ACEPTAR la tasación que de los bienes efectuara el Banco de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 22 de Octubre de 2021; la que alcanza a la suma de PESOS CUARENTA MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 40.500.000.-) en block, en virtud de tratarse de un solo emprendimiento productivo.- ARTICULO 4º.- OTORGAR el beneficio establecido en el artículo 4º inciso A) de la Ordenanza Nº 4198/12, por el cual se establece que el adquirente abonará el precio total por la compra de las parcelas, en la suma de PESOS VEINTE MILLONES DOSCIIENTOS CINCUENTA MIL ($20.250.000), pagaderos en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.- ARTICULO 5º.- La escritura traslativa de dominio se perfeccionará con la cancelación total del precio de venta establecido en el artículo anterior, cuyos gastos correrán por cuenta exclusiva del comprador.- ARTICULO 6º.- El adquirente gozará del término para la concreción del proyecto establecido en el inciso C) del artículo 4º de la Ordenanza Nº 4198/12, bajo pena de rescisión. Encontrándose sujeto a las condiciones y restricciones previstas en la mencionada normativa.- ARTICULO 7º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-