Boletines/Brandsen

Decreto Nº1734

Decreto Nº 1734

Brandsen, 15/10/2021

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-29202/21 por el cual Quinteros Danisa Johana CUIL 27-40222775-9  solicita una habilitación de comercio simple bajo el rubro “VENTA AL POR MENOS DE ARTICULOS DE TELEFONIA Y ELECTRONICA”, en el inmueble ubicado en calle Las Heras e/ Ferrari y Mitre de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – Manzana 22 – Parcela 12 y, correspondiente a la Partida Nº 2968; y,

Considerando

Que a fs. 29 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO simple iniciado por Quinteros Danisa Johana, CUIL 27-40222775-9 en relación al inmueble sito en calle Las Heras e/ Ferrari y Mitre, de la ciudad de Brandsen, identificado como: Circ. I – Sección A – Manzana 22 – Parcela 12 y, correspondiente a las cuentas 2968 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 2 (dos), por tratarse de rubro “VENTA AL POR MENOS DE ARTICULOS DE TELEFONIA Y ELECTRONICA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase a Quinteros Danisa Johana CUIL 27-40222775-9 , una habilitación de comercio simple bajo el rubro “VENTA AL POR MENOS DE ARTICULOS DE TELEFONIA Y ELECTRONICA”, en el inmueble ubicado en calle Las Heras e/ Ferrari y Mitre de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – Manzana 22 – Parcela 12 y, correspondiente a la Partida Nº 2968.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-