Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 0184/17
Pellegrini, 27/01/2017
D E C R E T O Nº 0184/17
Visto
La solicitud del Director de Obras Públicas de la Municipalidad de Pellegrini, donde expresa la necesidad de comprar cien (100) toneladas de emulsión asfáltica que será utilizadas en la pavimentación y repavimentación de calles a través del Fondo de Infraestructura Municipal
Considerando
Que teniendo en cuenta el monto estimado que se demandará para la citada adquisición, es necesario, según lo establecido en el articulado de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la realización del llamado a “LICITACIÓN PRIVADA” invitando a por lo menos a cuatro ( 4 ) firmas proveedoras de este tipo de materiales;
Que el Intendente Municipal de Pellegrini, en uso de las facultades legales que le son propias y de acuerdo a los art. 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y de su Decreto Reglamentario;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Llámese a “LICITACION PRIVADA” Nº 03/2017, para el día viernes 17 de Febrero de 2.017, a las 12 horas, en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Pellegrini, para la adquisición de cien (100) toneladas de emulsión asfáltica.
ARTICULO 2º: Invítese a participar del mismo a las siguientes firmas proveedoras:
CARRETERAS 2000 S.A. O´Higgins Nº 408 B.Blanca – Pcia. Bs. As.
EMUVIAL S.A 25 de Mayo Nº 665 Tapalqué – Pcia. Bs. As.
TORCHELLI JAVIER ANDRES Jorge Newbery Nº 748 Santa Elena – Pcia. Bs. As.
PRODUCTORA QUIMICA S.R.L. Eva Perón Nº 7382 Rosario– Santa Fé.
ARTICULO 3º: Se establece que en esta “LICITACION PRIVADA”, además de las firmas invitadas, tendrán derecho a participar todas aquellas que reúnan las condiciones exigidas, podrán consultar las condiciones en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Pellegrini, sito en Alsina 250, T. E. 02392 – 498103 ó 498105; hasta 48 horas hábiles antes de la apertura de las propuestas.
ARTICULO 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para la apertura, en MESA DE ENTRADAS de esta Municipalidad.
ARTICULO 5º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la propuesta que crea más conveniente o en su defecto rechazar todas, si considera que las mismas no reúnen las condiciones a sus intereses, sin perjuicio alguno para el municipio en este último caso.
ARTICULO 6º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados y cumplido, archívese en el Registro Oficial.