Boletines/Lobería
Decreto Nº 1745-21
Lobería, 30/11/2021
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 - Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 74/21; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Foss, ubicada en calle Barreira N° 680 de esta ciudad;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizarán trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 22 de noviembre del 2021;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista que se detalla a continuación, designado por Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Foss, ubicada en la calle Barreira N° 680 de Lobería, a partir del 22 de noviembre del 2021:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
PALOMEQUE, CARLOS 17.374.215
MACIEL, MARCIO 37.385.739
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Desmonte de techo existente $ 27.129,54
Demolición de mampostería 0,30 $ 10.453,50
Elevación mampostería 0,30 (ladrillo común) $ 14.916,84
Techo nuevo con estructura de madera $120.577,80
Carga de techo revocada $ 37.431,97
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS NUEVE CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 210.509,63.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO OCHENTA Y UN MIL TREINTA Y OCHO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 181.038,28.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 25.261,16. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1.745-21