Boletines/Castelli
Ordenanza Nº 025/21
Castelli, 04/11/2021
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS
MUNICIPALIDADES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Para el Partido de Castelli
ARTICULO 1º: Convalidase en todas sus partes el Decreto Nº1367-21 por el cual se
autoriza una transferencia de partidas con crédito del presupuesto de gastos del
ejercicio 2021 enunciadas en el anexo I, a las partidas del presupuesto de gastos del
ejercicio 2021 enunciadas en el anexo II, para financiar el aumento del valor del
módulo salarial para todo el personal municipal a partir del mes de Octubre del
corriente año, por un monto total de Pesos: Veinticuatro millones quinientos
veintisiete mil quinientos siete con 78/100 ($24.527.507,78).-
ARTICULO 2º: Convalídense las modificaciones introducidas en la Ordenanza
62/2020 en la que se sustituyen los artículos 8º y 9º, los que quedan redactados de
la siguiente manera:
Fíjese el valor del módulo salarial a partir del mes de Octubre de
2021, a los fines de la determinación del sueldo mínimo según el coeficiente de
asignaciones del escalafón, en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS CON 72/100
($96,72)”.-
“ARTÍCULO 9º: Fíjese el sueldo mínimo a partir del mes de Octubre de 2021 en la
suma de PESOS: VEINTE MIL QUINIENTOS CUATRO CON 64/100 ($20.504,64) 2
equivalente a la cantidad de doscientos doce (212) módulos, correspondiente a la
categoría 16 ingresante del escalafón.- Fíjese el sueldo mínimo de la Administración
a partir del mes de Octubre de 2021 en la suma de PESOS: VEINTIDOS MIL
SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CON 48/100 ($22.632,48), equivalente a la
cantidad de doscientos treinta y cuatro (234) módulos, correspondiente a la
categoría 14 del escalafón.-
Fíjese el sueldo mínimo del Personal Hospitalario a partir del mes de Octubre de
2021 en la suma de PESOS: VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA CON
32/100 ($24.760,32), equivalente a la cantidad de doscientos cincuenta y seis (256)
módulos, correspondiente a la categoría 12 del escalafón.-”.-
ARTICULO 3º: Deróguese cualquier otra ordenanza que se oponga a la presente.-
ARTICULO 4º: De forma.
REGISTRADO BAJO Nº25/21.
EXPTE Nº 4023-E-133-2021.-