Boletines/General Guido
Decreto Nº 483/2021
General Guido, 25/10/2021
Visto
La necesidad de adecuar el sistema y monto de las Cajas Chicas Municipales a la actual coyuntura económica, operativa y legal, y
Considerando
Que el monto de las mismas ha quedado desactualizado en el marco del incipiente proceso inflacionario.
Que las nuevas disposiciones en la materia hacen necesaria la identificación del responsable del giro así como también la especificación de los rubros a solventar.
Que el artículo 30 del Reglamento de Contabilidad prevé la institución facultando al Departamento Ejecutivo a establecer el monto y funcionamiento del sistema.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL GUIDO DECRETA
Artículo 1º): ESTABLECESE los montos de las cajas chicas a partir del 1º de Noviembre de 2021 quedando los mismos de la siguiente manera:
CAJA CHICA GENERAL GUIDO $ 20.000.-
CAJA CHICA LABARDEN $ 15.000.-
CAJA CHICA CORRALON $ 6.000.-
CAJA CHICA ESPACIOS PUBLICOS $ 6.000.-
CAJA CHICA DIRECCION DE SALUD:
SALA 1º AUX. GRAL. GUIDO $ 6.000.-
SALA 1º AUXILIOS LABARDEN $ 6.000.-
AMBULANCIA GRAL. GUIDO $ 6.000.-
SECRETARIA DE GOBIERNO (vehículos oficiales) $ 6.000-
Artículo 2º): Los agentes responsables de la aplicación e instrumentación del sistema de caja chica serán los siguientes:
General Guido: Tesorero Municipal.
Labardén: Delegada Municipal.
Corralón Municipal: Vergara, Eduardo.
Espacios Públicos: Suarez Alberto.
Vehículos Oficiales: Sergio Osorio.
Dirección de Salud:
Sala 1º Aux. Gral. Guido: Daniel Brestolli
Ambulancia Gral. Guido: Burgos, Adrian-Juarez Marcelo
Sala 1º Auxilios Labarden: Cecilia Reina.
Artículo 3º): Los conceptos de gastos permitidos bajo éste sistema serán:
General Guido y Labardén: combustibles y lubricantes, viáticos, útiles de oficina, insumos informáticos, impresos, artículos de limpieza, alimentos, peajes, estacionamientos, diarios y revistas, gastos en indigentes (consultas y traslados), repuestos, accesorios y mantenimiento de vehículos.
Corralón y Espacios Públicos: peajes, transporte, viáticos, combustibles, lubricantes, alimentos, artículos de limpieza, repuestos, accesorios y mantenimiento de vehículos.
Dirección de Salud
Sala 1º Aux. Gral. Guido y Labarden: insumos y útiles para prácticas médicas, artículos de limpieza, alimentos, traslados, repuestos, accesorios, viáticos.
Ambulancia Gral. Guido: combustibles, lubricantes, repuestos, accesorios, mantenimiento del vehículo, viáticos, artículos de limpieza.
Todos los gastos antes referidos deben ser de funcionamiento, menores y de carácter ocasional.
Artículo 4º): El monto máximo de cada factura cancelada por medio del presente sistema no podrá superar: PESOS CINCO MIL (PESOS CINCO MIL)
Artículo 5º): Cúmplase, Comuníquese, Tome conocimiento Contaduría, Tesorería y Jefe de Compras, Dese al Registro Oficial. Cumplido agréguese a sus antecedentes y archívese.-