Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1671
Mar Chiquita, 13/10/2021
Visto
La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica y no consideradas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente y;
Considerando
Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2021, incorporando los recursos percibidos con afectación específica y no considerados en el cálculo de recursos vigente;
Que mediante Decreto Provincial N.º 898/2016 se creó el SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES “SAME PROVINCIA”, el cual tiene como objetivo el desarrollo de un servicio integral que facilita una adecuada planificación, coordinación e integración de los servicios de urgencias y situaciones con víctimas múltiples.
Que mediante Resolución RESFC-2018-94-GDEBA-MSALGP que aprueba el convenio de colaboración IF-2018-08364012-GDEBA-DPTDYPMSALGP suscripto entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Mar Chiquita, el Ministerio se comprometió a otorgar al Municipio una asistencia financiara por la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL CON 00 CTVOS ($ 5.460.000,00), en 3 (tres) etapas, el cual tiene como destino la implementación del Servicio “SAME Provincia”. Tramitado bajo el Expediente N°2900-25901/16.
Que durante el ejercicio 2018 se percibió la suma de pesos tres millones ciento veinte mil con 00/100 centavos ($ 3.120.000,00), correspondiente a la Primera Etapa, y en el Ejercicio 2019 se percibió un importe de pesos un millón quinientos sesenta mil ($1.560.000,00) correspondiente a la Segunda Etapa según lo acordado en el Convenio de colaboración.
Que por PV-2020-17542173-GDEBA-DGAMSALGP y PV-2020-16887091-GDEBA-DMESCYRAHMSALGP se propician las transferencias correspondientes a la etapa final que da cumplimiento al Convenio de Colaboración y Adhesión para la Implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires "SAME PROVINCIA", aprobado por Decreto N° 898/16. Por una suma total de pesos setecientos ochenta mil con 00/100 centavos ($780.000,00).
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES
DECRETA
ARTÍCULO 1º- AMPLÍESE el crédito de las partidas parciales que se enumeran a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
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ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO |
IMPUTACIÓN |
IMPORTE |
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1110108000 - 26.00.00 – Atención en Hospital Central |
132 - De origen Provincial |
1.1.1.1 – Básico |
$ 200.000,00 |
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1110108000 - 26.00.00 – Atención en Hospital Central |
132 - De origen Provincial |
2.5.2.0 – Productos farmacéuticos y medicinales |
$100.000,00 |
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1110108000 - 26.00.00 – Atención en Hospital Central |
132 - De origen Provincial |
3.3.2.0 – Mantenimiento y reparación de vehículos |
$100.000,00 |
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1110108000 - 27.00.00 – Atención en Unidades Sanitarias |
132 - De origen Provincial |
1.1.1.1 – Básico |
$ 150.000,00 |
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1110108000 - 27.00.00 – Atención en Unidades Sanitarias |
132 - De origen Provincial |
2.5.2.0 – Productos farmacéuticos y medicinales |
$120.000,00 |
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1110108000 - 27.00.00 – Atención en Unidades Sanitarias |
132 - De origen Provincial |
3.3.2.0 – Mantenimiento y reparación de vehículos |
$110.000,00 |
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TOTAL |
$780.000,00 |
ARTICULO 2º.- AMPLÍESE el Cálculo de Recursos en el rubro que se enumera a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:
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JURISD. |
RUBRO |
IMPORTE |
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1110102000 |
17.5.01.80 – Convenio SAME |
$780.000,00 |
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TOTAL |
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$780.000,00 |
ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Pons Mauricio Antonio y el Secretario General Arq. Wischnivetzky Walter Mariano.
ARTICULO 4º.- COMUNIQUESE, a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.