Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 613
Exaltación de la Cruz, 04/08/2021
Visto
El Expediente Administrativo N° 4036-24475/10, iniciado por MURATA S.A, por ante DIRECTOR DE HABILITACIONES y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y;
Considerando
Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad PAVÓN, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio de AGENCIA DE SEGURIDAD PRIVADA;
Que a fs. Obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es APTA para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto presente;
Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro; SERVICIOS GENERALES TIPO 2: “AGENCIA DE SEGURIDAD PRIVADA”, para el comercio ubicado en la localidad de PAVÓN, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción 3 , Sección Q - ,Qta/Chac:-, Manzana 20 -, Parcela 22, Subp:
Que de acuerdo a lo informado por DIRECCIÓN DE PRODUCCÓN Y MEDIO AMBIENTE, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de SESENTA (60) MESES, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
Artículo 1º |
CONCEDER Habilitación Municipal por el término de SESENTA(60) MESES, a favor de MURATA S.A , – CUIT N° 30-64106337-8 en el Rubro: SERVICIOS GENERALES; “AGENCIA DE SEGURIDAD PRIVADA”; a partir del día 08 DE JULIO DE 2021, a la propiedad ubicada en la localidad de PAVÓN, según Expediente Administrativo N° 4036-24475/10, venciendo la misma el día 07 DE JULIO DE 2026.- |
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Artículo 2° |
La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- |
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Artículo 3° |
AUTORIZAR al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra registrado bajo el N° 031-1249/21, con la leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACION”.- |
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Artículo 4° |
El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Coordinación General y Control de Gestión y el Señor Secretario de Gobierno y Desarrollo de la Comunidad.- |
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Artículo 5° |
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.- |
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DECRETO Nº |
613.- |