Boletines/Tandil

Decreto Nº3850/2021

Decreto Nº 3850/2021

Tandil, 01/12/2021

Visto

La Obra de “Pavimentación de 11 cuadras en hormigón”, que tramita mediante expediente electrónico municipal n° EX2021-00048169-MUNITAN-DCS#SEA.

Considerando

Que mediante Convenio de Financiamiento suscripto el 8 de julio de 2021, la Provincia de Buenos Aires se compromete a otorgar recursos financieros en el marco del Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA), para la ejecución de la mencionada obra por hasta la suma de pesos cuarenta y dos millones doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis con veinticinco centavos ($42.284.846,25), mientras que el Municipio de Tandil se obliga a realizar todas las tareas de diseño del proyecto, contratación y control de ejecución de la construcción, emisión de los actos administrativos indispensables, rendición de fondos recibidos y cobertura de costos no incluidos en el proyecto originalmente aprobado.

Que mediante Decreto n° 2221/2021 (DECTO-2021-2221-MUNITAN-INT) se procedió al llamado a Licitación Pública N° 16-01-21 para la contratación de la ejecución de la Obra, estableciéndose como fecha de apertura el día 12 de agosto de 2021.

Que a través de Decreto n° 2732/2021 (DECTO-2021-2732-MUNITAN-INT) adjudicó la ejecución de la Obra a la firma Galizio Construcciones S.R.L. por la suma de pesos cuarenta y tres millones setecientos ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y ocho ($43.783.648,00);

Que se procedió a la suscripción de un contrato entre el Municipio y la firma adjudicataria con fecha 10 de septiembre del corriente año, dando inicio el día 4 de octubre del corriente año la ejecución de las tareas, confeccionándose a tal fin el acta respectiva;

Que se procedió a registrar contablemente los compromisos emergentes del contrato suscripto con la empresa proveedora, emitiéndose Registros de Compromiso n° 11361 por la suma de pesos cuarenta y dos millones doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis ($42.284.846,00) con fuente de financiamiento 132 -de origen provincial- y n° 10362 por un importe de pesos un millón cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos dos ($1.498.802,00) con fuente de financiamiento 110 –de libre disponibilidad de origen municipal-;

Que, transcurrido el primer mes de trabajo, y previa verificación por parte del área correspondiente municipal, se emitió el Certificado de obra n°1 por la suma de pesos catorce millones doscientos cincuenta y un mil ochocientos treinta y ocho con cuarenta centavos ($14.251.838,40);

Que se emitió Orden de Pago n° 11477 por la suma de pesos catorce millones doscientos cincuenta y un mil ochocientos treinta y ocho con cuarenta centavos ($14.251.838,40), en concepto de cancelación total del Certificado de obra n°1;

Que, hasta la fecha de emisión del presente Decreto, no se ha producido el efectivo ingreso de fondo alguno comprometido oportunamente por la Provincia de Buenos Aires, esperándose que se concrete en breve la primera transferencia de fondos a partir del avance registrado en las tramitaciones correspondientes;

Que el Municipio de Tandil cuenta con fondos suficientes de libre disponibilidad para hacer frente transitoriamente a las obligaciones emergentes de pago de la presente Obra;

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Autorícese al Tesorero Municipal a disponer transitoriamente de fondos de libre disponibilidad para el pago de los certificados de la Obra de “Pavimentación de 11 cuadras en hormigón” que tramita mediante expediente electrónico municipal n° EX2021-00048169-MUNITAN-DCS#SEA, a favor de la firma Galizio Construcciones S.R.L., hasta tanto se produzca el efectivo ingreso de fondos comprometidos por parte de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2°: Ordénese al Tesorero Municipal proceder al reintegro de fondos de libre disponibilidad en la respectiva cuenta bancaria de recursos ordinarios, una vez que se produzca el efectivo ingreso de fondos por parte de la Provincia de Buenos Aires comprometidos oportunamente mediante la firma del Convenio de Financiamiento en el marco del Programa de Emergencia de Infraestructura Municipal de la Provincia de Buenos Aires (PREIMBA).

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Tesorería Municipal y pase a Guarda Temporal.

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)        -            Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                   Secretaría de Economía y Administración     -                        Intendencia