Boletines/Tandil

Ordenanza Nº17401/2021

Ordenanza Nº 17401/2021

Tandil, 25/11/2021

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º:  Modificase el Artículo II.6, del Capítulo II, del Título 2, del Anexo A, de la Ordenanza Nº 9.865, el que quedará redactado de la siguiente manera:

II.6

Las Zonas Especiales de Interés Urbanístico componentes del presente Plan son las siguientes:

 

Zonas Especiales de Interés Urbanístico

Nombre

1

Predio ISER

2

Predio LU 22 Radio Tandil

3

Campus de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires

4

Predio ex – hipódromo

5

Predio de la Sociedad Rural

6

Predio de transmisión de energía de ESEBA

7

Predio de Obras Sanitarias

8

Ejército Argentino – Predios del Batallón de Apoyo Logístico, del Comando de la Primera Brigada y de los Barrios de Oficiales y Suboficiales

9

Cementerio Municipal

10

Predios ocupados por las vías, estaciones e instalaciones complementarias del Ex – Ferrocarril General Roca

11

Predio del Tandil Auto Club

12

Hospital Ramón Santamarina

13

Terminal de Ómnibus

14

Complejo Palacio Municipal, Palacio Brigadier General Martín Rodríguez (ex – edifico del Banco Hipotecario), Teatro del Fuerte (Auditorio Municipal), Museo de Bellas Artes y colegio San José

15

Manzana ocupada por la Iglesia matriz Santísimo Sacramento y la Escuela Nº 1

16

Estadio General San Martín

17

Club Independiente

18

Colonia Manuel Belgrano

19

Polideportivo Municipal

20

Escuela Normal

21

Aeropuerto Civil y Base Aerea

22

Cementerio Privado Pradera de Paz

23

Golf Club

24

UNCAS

25

Establecimiento educativo Santo Domingo de las Sierras

26

E.E.M. Nº 1

27

Predio ex – molino harinero

28

Predio lindero a Obras Sanitarias

29

Planta Obras Sanitarias

30

Complejo educativo del Barrio Arco Iris

31

Parque Industrial

32

Área Cantera Catoni, Club La Movediza y entorno del Cerro La Movediza

33

Predio Club Ferrocarril del Sur

34

Predio Club Unión y Progreso

35

Predio Club Excursionistas

36

Predio Club Gimnasia y Esgrima

37

Predio Club Los Cincuenta

38

Aeroclub

39

Complejo parroquial, escuela, hogar de varones y jardín de infantes

40

Complejo turístico “El Centinela”

41

Polo Tecnológico

42

Poder Judicial

43

Corralón Municipal

44

Nuevo Estadio Polideportivo

45

Planta de tratamiento

46

Dirección de Servicios

47

Predio de Hockey

48

Reserva Fiscal Municipal Chacra 5

49

Metalúrgica Tandil

50

METAN

51

Industrial Alimenticia

Los límites de las Zonas Especiales de Interés Urbanístico se establecen en el Anexo 7 y en el Plano 4.

ARTÍCULO 2º: Modificase la Sección 1, del Capítulo VIII, del Título 2, del Anexo A, de la Ordenanza Nº 9.865, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Sección 1 – Condiciones particulares para las Zonas Especiales de Interés Urbanístico

Subsección 1 – Condiciones particulares para la ZEIU 31 Parque Industrial

VIII.2

El presente Artículo determina las condiciones particulares a las que se someten los edificios, los parcelamientos y cualquier otra obra de edificación y/o urbanización en la Zona Especial de Interés urbanístico Parque Industrial delimitada según el Plano 4. La zona deberá cumplir con las siguientes especificaciones:

  1. Característica: Son los sectores destinados en forma exclusiva a los usos productivos molestos y peligrosos que requieren parcelas de mediana y gran superficie.
  2. Retiro de Frente y Fondo: Mínimo tres (3) metros
  3. Retiro Lateral: Mínimo tres (3) metros
  4. Factor de Ocupación del Suelo (FOS): 0,60
  5. Indice de Permeabilidad: 50%
  6. Factor de Ocupación Total (FOT): 0,8
  7. Tipología urbana de edificación: Sólo se permiten edificios de perímetro libre
  8. Altura máxima: 13.50 m. (trece metros cincuenta centímetros)
  9. Estacionamiento de los vehículos y espacios para carga y descarga: Se regirá según lo determinado la Sección 5 del Capítulo IV del presente Título.
  10. Régimen de usos: Serán considerados como Usos Predominantes las actividades industriales de cualquiera de las categorías establecidas en el presente Plan en concordancia con la Ley Provincial 11.459 y reglamentarias. Asimismo se considerarán como Usos Predominantes los usos de servicio productivo definidos en el Capítulo V del presente Título.
  11. Parcelamientos

Las dimensiones mínimas permitidas para las parcelas de la zona son las siguientes:

  • Superficie mínima: 2.000 m2 ( dos mil  metros cuadrados)
  • Lado mínimo: 40 m ( cuarenta metros)

l.  Cualquier edificación, modificación del estado parcelario, localización de usos o cualquier otro tipo de reforma de la situación existente en las parcelas componentes de esta Zona deberá tener visación previa de la Autoridad de Aplicación. No obstante, conforme resulte la envergadura de la construcción o ampliación, de la urbanización, o del uso a localizar, ésta podrá exigir la realización de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), según las pautas  dispuestas en el Capítulo VI del Título 3 de las presentes normas.

Subsección 2 – Condiciones particulares para la ZEIU 51 Industrial Alimenticia

VIII.2bis

La Zona Especial Industrial Alimenticia es el sector destinado a la radicación de aquellos usos productivos de alimentos que puedan ser molestos y/o peligrosos, y/o que requieren parcelas de mediana y gran superficie. Serán de aplicación en la misma los siguientes parámetros:

  1. Retiro de Frente: Mínimo 3.00 m (tres metros)
  2. Retiros Laterales y de Fondo: Mínimo 3,00 m (tres metros)
  3. Factor de Ocupación del Suelo (FOS): 0,4 (cuatro décimos)
  4. Índice de Permeabilidad: 50% (cincuenta por ciento)
  5. Factor de Ocupación Total (FOT): 0,8 (ocho décimos)
  6. Tipología de edificación: Sólo se permiten edificios de perímetro libre.
  7. Altura máxima: 13.50 m. (trece metros cincuenta centímetros)
  8. Estacionamiento de los vehículos y espacios para carga y descarga: Se regirá según lo determinado en la Sección 5 del Capítulo IV del presente Título.
  9. Régimen de usos:
  • Para la ZONA 1, (Delimitada por las calles Pujol, Chapaleofú, eje del cauce del arroyo Langueyú, Lavalle, Ruta Nacional 226, vías FCGR, Rosales, Pujol): Serán considerados como Usos Predominantes las actividades industriales de cualquiera de las categorías establecidas por la Ley Provincial 11.459, sus modificatorias y reglamentarias. Se considerarán como Usos Compatibles los usos de servicios a la producción definidos en el Capítulo V del presente Título, excepto los Depósitos Clase 10-11-12 que se considerarán Prohibidos, como así también todos los usos no considerados como Predominantes o Compatibles enunciados anteriormente.
  • Para la ZONA 2, (Delimitada por las calles Chapaleofú, Pujol, Rosales, Vivot, Chapaleofú): Serán considerados como Usos Predominantes los de servicios a la producción definidos en el Capítulo V del presente Título, excepto los Depósitos Clase 10-11-12 que se considerarán Prohibidos, como así también todos los usos no enunciados anteriormente.
  1. Parcelamientos: Las dimensiones mínimas permitidas para las nuevas parcelas de la zona son las siguientes:

Superficie mínima: 2.400 m2 (dos mil cuatrocientos metros cuadrados)

Lado mínimo: 40 m (cuarenta metros)

No obstante, cualquier propuesta de edificación, modificación del estado parcelario, localización de usos o cualquier otro tipo de intervención que plantee cambios de la situación existente en las parcelas componentes de esta Zona, deberá tener visado previo de la Autoridad de Aplicación, la que podrá exigir la realización de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), según las pautas dispuestas en el Capítulo VI del Título 3 de las presentes normas, conforme resulte la envergadura de la construcción o ampliación edilicia que se pretenda, de la urbanización, o del uso a localizar.

Subsección 3 – Condiciones particulares para las Zonas Especiales de Interés Urbanístico a excepción de la ZEIU 31 Parque Industrial y la ZEIU 51 Industrial Alimenticia

VIII.3

Las Zonas Especiales de Interés Urbanístico, especificadas en el Capítulo II del presente Título, a excepción del Parque Industrial se encuentran delimitadas en el Anexo 7 y en el Plano 4 y deberán cumplir con las siguientes determinaciones:

  1. Las Zonas Especiales de Interés Urbanístico son aquellas donde están implantados o están previsto localizarse equipamientos de escala urbana y/o regional y que por sus características no son pasibles de ser encuadradas en el régimen normativo de regulación general. Por esta razón toda iniciativa en ellas requiere la realización de estudios especiales.
  2. Cualquier edificación, modificación del estado parcelario, localización de usos o cualquier otro tipo de urbanización, ampliación o reforma de la situación existente en las parcelas componentes de las Zonas deberán tener visación previa de la Autoridad de Aplicación.
  3. De acuerdo a las características, la envergadura y el impacto urbano ambiental del emprendimiento o iniciativa a desarrollar en cada Zona Especial de Interés Urbanístico, la Autoridad de Aplicación determinará el procedimiento de actuación a seguir entre los siguientes:
  1. Elaboración de un Plan Especial
  2. Elaboración de un Plan Sectorial
  3. Elaboración de un Plan Urbano de Detalle.
  1. La elaboración y la aprobación de los Planes Especiales, de los Planes Sectoriales y de los Proyectos Urbanos de Detalle seguirán lo dispuesto en los Capítulos II y VII del Título 3.
  2. Los Planes Especiales, los Planes Sectoriales y/o los Proyectos Urbanos de Detalle que se elaboren deberán determinar con claridad el régimen de usos del suelo y los parámetros urbanísticos reglamentarios correspondientes a la zona en cuestión.
  3. De acuerdo a las características, la envergadura y el impacto urbano ambiental del emprendimiento o iniciativa a desarrollar en cada Zona Especial de Interés Urbanístico, la Autoridad de Aplicación podrá exigir adicionalmente la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, según lo dispuesto en el Capítulo VI del Título 3 de las presentes normas.

ARTÍCULO 3º: Modificase el Artículo V.2, del Anexo 7, del Anexo A, de la Ordenanza Nº 9.865, el que quedará redactado de la siguiente manera:

V.2.

La Zona Residencial Extraurbana 2 (RE2) comprende los radios constituidos por los ejes de las siguientes calles:

 

  1. Circunvalación Ana Irasusta de Santamarina, Lavalle, Ruta Nacional 226, Vías del FCGR, Muñiz, Entre Ríos, Darregueira, Buenos Aires, Ruta Nacional 226, Ruta Provincial 30, quedando excluidas las ZEIU 27, 44, 45, 48 y 51 Industrial Alimenticia.
  2. Circunvalación Ana Irasusta de Santamarina, C. Namuncurá, L. Cabana, Las Petunias, Los Aromos, Brig. J. M. de Rosas, Ruta Nacional 226, Los Aromos, Reforma Universitaria, Dr. Ceferino Roque Cruz, Esquerdo, L. Cabana, Reforma Universitaria, Los Ceibos-La Merced y Güemes Norte, quedando excluida la ZEIU 2.

ARTÍCULO 4º: Modificase el Artículo VI.1, del Anexo 7, del Anexo A, de la Ordenanza Nº 9.865, el que quedará redactado de la siguiente manera:

VI.1.

Las Zonas Especiales de Interés Urbanístico comprenden los siguientes radios:

 

ZEIU

Radios comprendidos

1

Predio ISER

Circunscripción I, Sección D; Chacras 6 y 25.

2

Predio LU 22 Radio Tandil

Circunscripción I, Sección D; Chacra 34, parcela 1a.

3

Campus de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires

Circunscripción I, Sección D; Chacra 53 y 35, Parcela 1b y 2.

4

Predio ex – hipódromo

Circunscripción I, Sección D; Chacra 46, Fracción I,

Parcela 1; Chacra 47, Parcela 1f y 1e; Chacra 65, Frac-

ción II, Parcela 2.

Eje de las calles Chapaleofú, Cuba, Darragueira y Pey-

rel. Excluída la Parcela 1d de la Chacra 47, de la

Sección D, de la Circunscripción I.

5

Predio de la Sociedad Rural

Circunscripción I, Secc. D, Chacra 50, Manzanas 50b, 50c, 50d, 50f, 50g, 50h.

Ejes de las calles Chapaleofú, C. Pedersen, San Francisco, y F. Vistalli.

6

Predio de transmisión de energía de ESEBA

Circunscripción I, Sección D; Chacra 82, Parcela 1d.

Ejes de las calles Darragueira, Urquiza, Ruta Nacional Nº 226 y Lavalle.

7

Predio de Obras Sanitarias

Circunscripción I, Sección E; Chacra 101, Fracción 1, Parcela 6a y 3a.

Ejes de las calles Beiró, Av. Del valle, Primera Junta y los límites de la ZEIU 28.

8

Ejército Argentino – Predios del Batallón de Apoyo Logístico, del Comando de la Primera Brigada y de los Barrios de Oficiales y Suboficiales

Circunscripción I, Sección E; Chacra 115, Parcela 1, 2a, 2b; Chacra 129; Chacra 137; Chacra 145 y 146.

Las calles Beiró, Dr. Pujol, Gral. L. M. Campos, Margarita Galfre, Azcuenaga, Lunghi, D. Alighieri y Buenos Aires.

9

Cementerio Municipal y Vialidad

Circunscripción I, Sección E; Chacra 121, Fracción I, Parcela 1; Fracción II, Parcela 1.

Ejes de las calles Av. Brasil, Av. Fleming, La Pesquería y Av. Fidanza.

10

Predios ocupados por las vías, estaciones e instalaciones complementarias del Ex – Ferrocarril General Roca

Ejes de las calles Franklin, Av. Del Valle, Guernica, Moreno, Av. Del Valle, Moreno, Machado y Av. Colón y los lotes frentistas sobre Av. Del Valle entre Av. Colón y L. N. Alem.

11

Predio del Tandil Auto Club

Circunscripción I, Sección E; Chacras 174 y 175; Chacra 190, fracción I.

12

Hospital Ramón Santamarina e Iglesia Santa Ana

Circunscripción I, Sección B; Manzana 50e, 50fa, 50fb, 50da.

Ejes de las calles Gral. Paz, Pellegrini, L. N. Alem y Uriburu Norte.

13

Terminal de Ómnibus

Circunscripción I, Sección E; Manzana 105t.

Ejes de las calles Mayor M. Novoa, Portugal, Av. Balbín e Italia.

14

Complejo Palacio Municipal, Palacio Brigadier General Martín Rodríguez (ex – edifico del Banco Hipotecario), Teatro del Fuerte (Auditorio Municipal), Museo de Bellas Artes y colegio San José

Circunscripción I, Sección A; Manzana 50.

Ejes de las calles Chacabuco, Maipú, Independencia y Belgrano.

15

Manzana ocupada por la Iglesia matriz Santísimo Sacramento y la Escuela Nº 1

Circunscripción I, Sección A; Manzana 42, Parcela 23, 24, 25.

Ejes de las calles Gral. M. Rodríguez, Maipú, Fuerte Independencia y Gral. M. Belgrano.

16

Estadio General San Martín

Circunscripción I, Sección C; Manzana 107b.

Ejes de las calles Av. Rivadavia, Pueyrredón, Brandsen y G. Cruz.

17

Club Independiente

Circunscripción I, Sección B; Quinta 67, Fracción I.

Ejes de las calles Sandino, Callao, Richieri y Av. Avellaneda.

18

Colonia Manuel Belgrano

Circunscripción I, Sección B; Quinta 69, Parcela 2a y 2b.

Ejes de las calles Av. A. López de Osornio, P. Riccheri, Lobería y A. Sandino.

19

Polideportivo Municipal

Circunscripción I; Sección E; Chacra 170, Fracción I.

20

Escuela Normal

Circunscripción I, Sección B; Manzana 40b.

Ejes de las calles Av. Marconi, 4 de Abril, Mitre y Av. Colón.

21

Aeropuerto Civil y Base Aérea

Circunscripción X, Parcelas 1065 y 1081.

22

Cementerio Privado Pradera de Paz

Circunscripción I, Sección D, Manzana 71g, Parcela 2a; Manzana 71h, Parcela 1a; Manzana 71gc Parcela 2, 3 y 4.

23

Golf Club

Circunscripción I, Sección E; Chacra 108, Fracción II y III, Parcela 1a; Chacra 121, Fracción II, Parcela 2.

Ejes de las calles Linstow, N. Domínguez, La Pesquería y Grothe.

24

UNCAS

Circunscripción I, Sección E; Chacra 140, Manzana 140e, 140j, 140k, 140aa, 140ab.

Ejes de las calles Juan XXIII, A. Sinka, Christian Mathiasen y Av. López  de Osornio.

25

Establecimiento educativo Santo Domingo de las Sierras

Circunscripción I, Sección E; Chacra 120, Manzana 120a, 120d.

Ejes de las calles La Pesquería, Fulton, Tandileofú y Pozos.

26

E.E.M. Nº 1

Circunscripción I, Sección B; Manzana 69ab.

Ejes de las calles R. de Vazquez, Azcuenaga y Fugl.

27

Predio ex – molino harinero

Circunscripción I, Sección D; Chacra 23, Parc. 2d.

28

Predio lindero a Obras Sanitarias

Circunscripción I; Sección E; Manzana 101, Parcela 1a, 2a, 1b, 2b, Fracción I y II. Sección D; Manzana 83 y parte de Fracción I.

29

Planta Obras Sanitarias

Circunscripción I, Sección E; Chacra 100, Fracción 1, Parcela 2.

Ejes de las calles Primera Junta, Dinamarca, Bereterbide y Ameghino.

30

Complejo educativo del Barrio Arco Iris

Circunscripción I, Sección E; Chacra 113, Parcela 2.

Ejes de las calles Sáenz Peña, Corrientes, Dufau y Entre Ríos.

31

Parque Industrial

Eje de Ruta 30, eje de calle Juan Manuel Fangio, eje de Acceso a Base Aérea, vías del Ferrocarril Roca, y límites inclusivos de las siguientes unidades parcelarias: Sección C, Chacra 4, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5 y 6; Sección C, Manzana 1, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; Sección C, Manzana 10, Parcelas 6 y 7; Parcela 1091r; Sección C, Fracción VIII, Parcela 1a: Sección C, Fracción VI, Parcelas 1 y 2; Sección C, Manzana 12; Sección C, Fracción VII, Parcela 2; Parcela 1091t; Parcela 1091f; y Parcela 1091g; todas de la Circunscripción X. 

32

Área Cantera Catoni, Club La Movediza y entorno del Cerro La Movediza

Circunscripción I, Sección E; Chacra 147, Fracción II; Chacra 154, Parcela 3; Chacra 155, Parcela 1a, 2; Chacra

164, Parcela 3; Chacra 165, Parcela 2a, 2b, 3a, 3b, 4, 5, 6, 7; Chacra 166, Parcela 1, 2a , 4 y 5.

J. M. Suárez García, Av. Juan B. Justo, Jujuy, límite de la parcela 3 con las parcelas 2a y 4 de la Chacra 166 de la Circunscripción I, Sección E, Salta, Jujuy, Santa Cruz, A. Kramer, J. M. de los Reyes, Av. J. Lunghi, Gral. L. M. Campos, vías del F.C.G.R.

33

Predio Club Ferrocarril del Sur

Circunscripción I, Sección E; Manzana 118d y 118e.

Ejes de las calles Beiró, Av. Del valle, Mosconi y Basílico.

34

Predio Club Unión y Progreso

Circunscripción I, Sección D; Chacra 82, Parcela 2a.

Ejes de las calles Darragueira, Aeronáutica Argentina, Ruta Nacional Nº 226, Sin Nombre y Pasteur.

35

Predio Club Excursionistas

Circunscripción I, Sección D; Manzana 49c.

Ejes de las calles Chapaleofú, Las Malvinas, Independencia y Newton.

36

Predio Club Gimnasia y Esgrima

Circunscripción I, Sección D; Chacra 31, parcelas 2c y 2b.

37

Predio Club Los Cincuenta

Circunscripción I, Sección D; Manzana 50m, 50r.

Ejes de las calles San Francisco, S. Rivas, Muñiz y Juan Antonio Salceda.

38

Aeroclub

Circunscripción II, Parcela 234c.

39

Complejo parroquial, escuela, hogar de varones y jardín de infantes

Circunscripción I, Sección B; Manzana 4b.

Ejes de las calles Av. Balbín, Av. Marconi, Saavedra y Garibaldi.

40

Complejo turístico “El Centinela”

Circunscripción I, Sección F, Chacra 257

41

Polo Tecnológico

Circunscripción I, Sección D, Manzana 32g.

42

Poder Judicial

Circunscripción I, Sección B, Manzana 61b.

43

Corralón Municipal

Circunscripción I, Sección A, Manzana 5, Parcela 2.

44

Nuevo Estadio Polideportivo

Circunscripción I, Sección E, Chacra 113, Parcela 1.

45

Planta de Tratamiento

Circunscripción I, Sección D;  Chacra 24; Manzana 24m, 24n, 24s, 24t.

46

Dirección de Servicios

Circunscripción I, Sección D, Manzana 82, Parcela 3ª.

47

Predio de Hockey

Circunscripción I, Sección C, Chacra 128, Parcela 1c.

48

Reserva Fiscal Municipal Ch. 5

Circunscripción I, Sección D, Chacra 5, Manzana 5m, Parcelas 1 y 4.

49

Metalúrgica Tandil

Circunscripción I, Sección E, Manzanas 139b y 139c.

50

METAN

Circunscripción I, Sección E, Manzanas 138j y 138p.

51

Industrial Alimenticia

Eje de las calles Chapaleofú, eje del cauce del arroyo Langueyú, Lavalle, Ruta Nacional 226, vías del FCGR, Rosales, Vivot y Chapaleofú.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Registrada bajo el Nº 17401

REF: Asunto Nº 570/2021    Expte. Nº 2021/04697/00

Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)   -  Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)