Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 17399/2021
Tandil, 25/11/2021
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Producido el fallecimiento de un veterano de Malvinas, el Municipio de Tandil donará una bandera argentina a su familia, con las que se cubrirará el ferétro y colocará una placa en el lugar donde quede sepultado o se depositen sus cenizas , con una leyenda alusiva a su condición de "Héroe de Malvinas"
ARTÍCULO 2º: Facúltase al Depto. Ejecutivo designar la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3º: El Centro de Veteranos de Guerra "Islas Malvinas-Tandil" Personería Jurídica Nº 196966, será la entidad encargada de comunicar a la autoridad de aplicación el fallecimiento del veterano, aportando los datos de identificación necesarios para el cumplimiento efectivo del reconocimiento y honores dispuestos.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Registrada bajo el Nº 17399
REF: Asunto Nº 540/2021 Expte. Nº 2021/08282/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)