Boletines/Tandil
Decreto Nº 3821/2021
Tandil, 26/11/2021
Visto
Los autos caratulados “GOMEZ JACINTO HORACIO C/ MUNICIPALIDAD DE TANDIL S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPLEO PÚBLICO” Expte. Nº 8178, en trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Azul.
Considerando
Que en dichos autos, en fecha 06.09.2021 la Suprema Corte de Justicia (S.C.B.A), resolvió: “Regular los honorarios profesionales del doctor Eduardo Osvaldo Carbonetti por la contestación del recurso extraordinario federal cuya concesión fuera denegada con fecha 21-XI-2018, en la suma de pesos veinticuatro mil ochocientos noventa -$24.890-, importe equivalente a 5 UMA (arts. 14, 16, 19, 30, 31 y 51, ley 27.423; CSJN Acuerdo 12/21; art. 1255,Cód. Civ. y Com.).”
Que en fecha 11.11.2021 este Municipio efectivizó la transferencia de los honorarios ut supra referidos, habiéndose omitido en aquella oportunidad liquidar y por tanto abonar el monto correspondiente a los aportes previsionales, adicional de ley que representa el 10% de dicha regulación, es decir la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS ($ 2.489,00.-).
Que al respecto se ha expedido la Contadora General y el Director de Presupuesto.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS ($ 2.489,00.-), en concepto de pago de aportes previsionales correspondientes a los honorarios profesionales regulados judicialmente a favor del Dr. Eduardo Osvaldo Carbonetti, para depositar en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Nº 027-0513097/8, Sucursal 6304, CBU 0140433727630451309781, perteneciente a los autos “GOMEZ JACINTO HORACIO C/MUNICIPALIDAD DE TANDIL S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPLEO PÚBLICO” Expte. Nº 8178.
Artículo 2°: La erogación será imputada a la partida 3.8.4.0. “Multas, recargos y gastos judiciales”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. –Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10. – Secretaría Legal y Técnica, Actividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario Legal y Técnico.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Andres Curcio (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría Legal y Tecnica - Intendencia