Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº459

Decreto Nº 459

Exaltación de la Cruz, 25/06/2021

Visto

El Expediente Administrativo N° 4036-48361-0-2020, por el cual se tramita el Convenio de “Municipios Turísticos Responsables”, la Resolución N° 458/2020 y 510/2020 solicitud presentada por las entidades del Sector Privado, con el fin de obtener subsidios, y;

Considerando

Que por el mencionado Expediente Administrativo se tramita la inclusión de Exaltación de la Cruz, dentro del Programa “MUNICIPIOS TURISTICOS RESPONSABLES”;

Que mediante Resoluciones del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES de la NACIÓN, se incluye a la MUNICIPALIDAD de EXALTACIÓN DE LA CRUZ, dentro del mencionado Programa;

Que se han incorporado Emprendedores locales dentro del mencionado programa con el fin de la obtención de un subsidio que le permita mitigar los efectos de la pandemia contra el Covid -19;

Que durante el presente año, se procedió al pago de la 2° cuota de dicho Programa

 Que en virtud de lo expuesto corresponde el dictado del presente Acto Administrativo:

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1º

OTORGAR Subsidios a Emprendedores locales en el marco del Programa MUNICIPIOS TURISTICOS RESPONSABLES, en trámite por ante Expediente Administrativo N° 4036-48361-0-2020, cuyos montos, orden de pago y fecha se detallan a continuación:

 

 

 

Fecha

O.P. N°

Proveedor

Importe

27/01/21

1534

Caraballo Legar Ana Paula

$ 38600.43

27/01/21

1533

Pedicini Jose

$ 38600.43

27/01/21

1532

Curraz Oscar

$ 38600.43

27/01/21

1531

Seady Sandra

$ 38600.43

27/01/21

1530

Castro Crespin Marina

$ 38600.43

26/01/21

1409

Feeney Leandro

$ 38600.43

26/01/21

1488

Lizarraga Jose N

$ 38600.43

26/01/21

1487

Arredes Gabriel

$ 38600.43

26/01/21

1485

Esteinou Fernanda

$ 38600.43

26/01/21

1484

Lamponi Ruben Francisco

$ 38600.43

26/01/21

1483

Martin Santiago

$ 38600.43

26/01/21

1482

Girotti Fernando

$ 38600.43

 

 

Artículo 2º

Dichos gastos serán imputados a la Partida Inciso 5 Partida Principal 2 Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0 “TRANSFERENCIA A PERSONAS”.-

 

 

Artículo 3º

El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Coordinación General y Control de Gestión y por el Secretario de Gobierno y Desarrollo de la Comunidad.-

 

 

Artículo 4º

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archívese.-

 

 

DECRETO   Nº

459.-