Boletines/Lobería
Ordenanza Nº 2560-21
Lobería, 26/11/2021
V I S T O:
Lo dispuesto en los artículos 77 primer párrafo, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 38 de la Ley 15225 de la Provincia de Buenos Aires, los artículos 230 y 231 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, yCONSIDERANDO:
QUE, los estados contables exteriorizan partidas presupuestarias con excesos,
QUE, el exceso de $ 3.765.203,99 perteneciente a fondo de origen provincial, rubro 375.02.04 Programa Provincial de Desarrollo Pavimento, categoría programática 37.83.00 proviene de gasto financiado con fondo afectado, que al cierre del Ejercicio 2019, no se materializó, y dichos fondos ingresaron en el Ejercicio 2020,
QUE, el exceso correspondiente a $ 6.940.446,18 perteneciente a la fuente de financiamiento provincial, rubro 119.14.00 Fondo Educativo, corresponde a diferencias expuestas que provienen de ejercicios anteriores, luego de enviar en reiteradas oportunidades, la documentación respaldatoria que consta en nuestras dependencias, no siendo sustento para la relatoría, se procede a realizar los ajustes necesarios para exponer correctamente el saldo disponible en la cuenta;
QUE, de acuerdo a los procedimientos indicados por el Honorable Tribunal de Cuentas, se efectúa la transferencia de crédito con recursos ordinarios sin afectación, los cuales quedan reflejados en el modelo 44;
QUE, de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo está facultado para realizar las referidas modificaciones contables, sujeta su convalidación por ese Honorable Cuerpo;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, en uso de las facultades que le son propias, aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- CONVALIDANSE los excesos producidos en las Partidas del Presupuesto de Gastos Año 2019, en la suma de PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON DIECISIETE CENTAVOS (10.705.650,17.-) de acuerdo a lo dispuesto en el detalle siguiente:
Programática Jurisdicción ExcesosJurisdicción:
1110102000 - Secretaria de Gobierno
132 17.02.00 - Promoción y Desarrollo Deportivos
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo 481.948,15
1.2.5.0 - Contribuciones patronales 57.833,78
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaría de Infraest., Obras y Servicios Púb.
132 37.83.00 - Programa Provincial De Desarrollo "Pavimento"
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo 193.612,26
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo 125.290,31
1.1.6.0 - Contribuciones patronales 53.575,63
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias 196.277,11
2.1.5.0 -Madera, corcho y sus manufacturas 960,76
2.5.1.0 - Compuestos químicos 8.750,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes 480,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes 377.109,12
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso 1.294.789,16
2.6.9.0 - Otros 1.412,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos 156.846,00
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena 263.175,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios 22.912,74
3.3.2.0 -Mantenimiento y reparación de vehículos 12.000,00
3.3.3.0 -Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo 49.111,46
3.4.9.0 - Otros 967.816,00
3.5.1.0 - Transporte 300,00
3.5.9.0 - Otros 8.600,00
3.7.2.0 - Viáticos y Movilidad 11.986,44
4.3.9.0 - Equipos varios 20.200,00
Jurisdicción: 1110110000 - Secretaria de Salud y Desarrollo Social
132 29.05.00 - Casa de la Juventud
1.1.1.0 - Retribuciones del cargo 631.150,39
1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo 433.691,10
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario 103.400,71
1.1.6.0 - Contribuciones patronales 209.209,96
1.1.7.0 - Complementos 31.841,32
1.2.1.0 - Retribuciones del cargo 2.503.380,54
1.2.3.0 - Sueldo anual complementario 69.218,99
1.2.5.0 - Contribuciones patronales 429.699,51
1.3.1.0 - Retribuciones extraordinarias 14.848,01
1.4.0.0 - Asignaciones familiares 156.939,00
2.1.1.0 - Alimentos para personas 420.799,72
5.1.3.0 - Becas y Planes Sociales 1.396.485,00
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza, cumplido, ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y UNO, SANCIONADA POR MAYORIA.-
ORDENANZA Nº 2560-21