Boletines/Lobería

Ordenanza Nº2564-21

Ordenanza Nº 2564-21

Lobería, 26/11/2021

VISTO:
Lo dispuesto en los artículos 54, 107, 108, 151, 153, 156 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, los artículos 157, 161 y 194 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, el Expediente Nº 4066- 10.517/11, el Decreto Nº 1.049/11; y

CONSIDERANDO:

QUE, de acuerdo a lo preceptuado por las disposiciones citadas, corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta y compra de bienes de la Municipalidad, las que deberán ajustarse, encada caso, a los valores y modalidades exigidas por la Ley Orgánica para las adquisiciones y otras contrataciones necesarias para el funcionamiento municipal;

QUE, mediante expediente 4066-10.517/11 se dispuso la compra a la Sra. Gabriela Marcela Irigoyen de una fracción de aproximadamente trescientos metros cuadrados (300 m2) que forma parte del inmueble de su propiedad, designada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 47a, Parcela 2, Matrícula Nº 061-8046 del Registro de la Propiedad Inmueble del Partido de Lobería;

QUE, es necesario elevar lo actuado para su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo:

QUE, a su vez, se ha convenido la participación de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para la formalización de la escritura dominial y demás diligencias notariales;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, en uso de las facultades que le son propias, aprueba la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1.- CONVALIDASE la adquisición efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal de una fracción de aproximadamente trescientos metros cuadrados (300 m2) que forma parte del inmueble, propiedad de la Sra. Gabriela Marcela Irigoyen, designada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 47a, Parcela 2, Matrícula Nº 061-8046 del Registro de la Propiedad Inmueble del Partido de Lobería.

ARTICULO 2.- Se adjunta a la presente como Anexo copia del Decreto N° 1.049/11 y boleto de compraventa respectivo.

ARTICULO 3 La escritura y diligencias notariales se realizarán con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires o el notario q esta designe en ejercicio de sus facultades y competencias.

ARTICULO 4.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanzas,cumplido,ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE Y UNO, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-

ORDENANZA Nº 2564-21
 

ANEXO I DE LA ORDENANZA N° 2564-21

LOBERIA, 10 DE JUNIO DE 2.011

V I S T O:
Lo dispuesto en los artículos 107, 108, 151 y 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Expediente Nº 4066-10.517/11; y

CONSIDERANDO:

QUE, por expediente citado en el proemio, el Departamento Ejecutivo Municipal inició la tramitación para la adquisición de un predio de aproximadamente trescientos metros cuadrados (300m2) para realizar la construcción de una oficina, depósito y sanitarios en el Centro Integrador Comunitario “Evita”;

QUE, realizados los análisis y evaluaciones pertinentes, se decidió la compra de la superficie requerida a la Sra. Gabriela Marcela Irigoyen de parte de un inmueble de su propiedad lindante a dicho Centro;

QUE, el comprador se hará cargo del pago de impuestos, tasas y gastos que generen dicha operación comercial, entre ellos honorarios, tasas y sellados para la confección del plano de subdivisión, quedando a cargo de la vendedora los impuestos, tasas, servicios, contribuciones y otras gabelas que afectan al inmueble hasta el día en que se firme el Boleto de Compraventa;

QUE, a los efectos de dejar constancia de lo actuado, resulta necesario registrar el instrumento firmado, mediante el dictado del presente;

POR ELLO, EL INTENDENTEMUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O

ARTICULO 1º DISPONESE LA COMPRA y REGISTRASE el BOLETO DE COMPRAVENTA celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LOBERIA, representada por su INTENDENTE MUNICIPAL PROF. HUGO CESAR RODRIGUEZ y la Sra. GABRIELA MARCELA IRIGOYEN, quien vende y transfiere una fracción de aproximadamente trescientos metros cuadrados (300 m2) que forma parte del inmueble de su propiedad, designada catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 47a, Parcela 2, Matrícula Nº 061-8046 del Registro de la Propiedad Inmueble del Partido de Lobería, para la construcción de una oficina, depósito y sanitarios en el Centro Integrador Comunitario “Evita”.

ARTICULO 2º Las cláusulas, condiciones y demás características del mencionado Boleto, se encuentran detalladas en la copia del mismo, que como Anexo I, forma parte de este Decreto.

ARTICULO 3º Impútese a la Partida “1110101000 Unidad Intendente – 01 Conducción Política del Municipio 4.1.1.0. Tierras y Terrenos” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4º Notifíquese, tomen conocimiento Dirección de Asuntos Jurídicos, Técnicos y Administrativos, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHIVESE.

CR. FERNANDO HUGO GORDON                                                  PROF. HUGO CESAR RODRIGUEZ
SECRETARIO DE GOBIERNO                                                         INTENDENTEMUNICIPAL
DECRETO Nº 1.049/11