Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº2120/21

Resolución Nº 2120/21

General Pueyrredon, 30/11/2021

Visto

la presentación realizada por la señora Ana Valeria Colombato y el señor Angelo Ridissi, y

Considerando

Que solicitan la Declaración de Interés Cultural del Proyecto IFUF – I Fink U Freeky.

 

Que el mencionado proyecto tiene como propósito principal la promoción de la diversidad cultural de adolescentes y jóvenes de la comunidad.

 

Que “I FINK U FREEKY” cuyo nombre en afrikáans significa “pienso que eres raro” y cuyo eslogan es “and I like you a lot” que significa en afrikáans “y me gustas mucho”, viene realizando desde 2019, una serie de eventos orientados a la promoción de la diversidad.

 

Que el público beneficiario está comprendido entre los 13 y 28 años de edad, quienes son aficionados a la tecnología, fans de Harry Potter, a la cultura pop asiática, principalmente la cultura pop sur coreana y japonesa (anime, comics, manga, kpop, Jpop) pero también a los skaters, freestyle, videojuegos, géneros musicales emergentes, arte, fotografía, instagramers, youtubers y demás influencers. Se busca brindar un espacio para la expresión sin tabúes, la promoción del respeto mutuo y la socialización entre los grupos de pertenencia; también brindar entretenimiento, espacios comerciales, de recreación y atención de calidad.

 

Que los Objetivos de IFUF son promover la diversidad cultural entre los jóvenes, impulsar a los artistas jóvenes que se expresan a partir de diversas artes, propiciar la participación y la expresión de la juventud, y fortalecer la identidad como un proyecto para y por los jóvenes.

 

Que IFUF organiza una variedad de eventos en los que convoca y une a jóvenes, para compartir intereses y expresarse entre los que se encuentran el IFUF Festival, un evento que se distingue por contar con un espacio común donde se realizan los show principales y también dispone de espacios temáticos delimitados, por grupo de pertenencia, donde jóvenes, que pertenecen a lo mismo, comparten sus intereses y se expresan mediante intervenciones artísticas como show de baile, teatralizaciones, entre otros. Además, organizan Conciertos Holográficos con tecnología de la cantante virtual Hatsune Miku, donde la cantante holográfica es acompañada por grupos de baile, estos eventos son una magnífica combinación entre el arte y la tecnología. Del mismo modo, IFUF organiza convenciones que se caracterizan por contar con espacios temáticos delimitados, donde personas y emprendedores, que pertenecen a lo mismo, comparten sus intereses, se comercializan artículos temáticos o merchandising y se expresan mediante intervenciones artísticas como show de baile, teatralizaciones, entre otros.

 

   Que IFUF también realiza eventos, acompañando y colaborando con otras organizaciones. IFUF organiza junto con K Dream, un evento tematizado sobre cultura pop surcoreana denominado KPOP in public, donde jóvenes afines, se reúnen para socializar y bailar sus canciones favoritas de grupos de pop surcoreanos, también se realizan concursos de baile, sorteos y demás actividades. Su característica principal es la realización de bailes y presentaciones musicales en espacios públicos, que son grabados y publicados en redes sociales. IFUF organiza junto con Idoll Shiny, un evento sobre la tradicional festividad japonesa del Bon Odori, es un festival de danza  tradicional japonés. Durante el Bon Odori la gente se reúne en lugares abiertos se realizan juegos estilo kermes y bailan al compás de la música tradicional japonesa. Entre otras actividades, IFUF organiza junto con la ONG Causa Niñez y su club de jóvenes Divercente, un evento dirigido al interés joven y a la promoción de los derechos de las infancias.

 

   Que IFUF realizó las siguientes acciones y eventos. En el 2019 FESTIVAL DE LA JUVENTUD. Desarrollado en el “3° Congreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Cultura: Yo participo”. Se realizó en el Parque del Instituto Unzué el día 9 de noviembre al que asistieron 200 personas aproximadamente. En el mismo 2019 se realizó la Juntada IFUF de cultura pop y pop asiático, el 24 de noviembre, en el Centro Cultural Villa Victoria Ocampo, Mar del Plata, con más de 100 asistentes. En diciembre del mismo año se realizó la “1° CONVENCIÓN IFUF”. Se realizó en el Complejo Universitario de la Universidad Nacional de Mar del Plata y asistieron unas 550 personas. En febrero de 2020 se realizó el Recital holográfico de la cantante virtual Hatsune Miku, en el Centro Cultural Villa Victoria Ocampo de nuestra ciudad. También en 2020 se realizó el Evento virtual IFUF, de cultura pop y pop asiático, el 19 y 20 de diciembre, con el apoyo de esta Secretaría de Cultura. En este evento se registraron más de 300 espectadores por redes sociales y 14 horas de emisión. En febrero de este año, se realizó un nuevo Recital holográfico de la cantante virtual Hatsune Miku en el Centro Cultural Villa Victoria Ocampo, al que asistieron más de 200 personas con protocolo COVID. Finalmente en agosto del 2021 se realizó una nueva edición del Recital holográfico de la cantante virtual Hatsune Miku en el Teatro Municipal Colón de nuestra ciudad.

 

   Que las próximas fechas de actividades serán el 12 de diciembre de 2021 en el Palco de los Músicos “Kpop in public”, en el transcurso de enero de 2022 en el Centro Cultural Villa Victoria Ocampo una nueva edición de Bon Odori, el 13 de febrero de 2022 en la Plaza Mitre de la ciudad un nuevo IFUF Festival, y el 20 de febrero de 2022 en el Centro Cultural Villa Victoria Ocampo un Recital Holográfico.

 

Que la realización de los Encuentros mencionados representa una propuesta enriquecedora y significa un importante aporte al crecimiento cultural del Partido de General Pueyrredon.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son delegadas mediante Decreto 916/20,

EL SECRETARIO DE CULTURA

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural las actividades del Proyecto IFUF – I Fink U Freeky organizado por el señor Angelo Ridissi, la señora Ana Valeria Colombato y en colaboración con la Asociación Civil Causa Niñez, a realizarse en las fechas indicadas en el exordio en diferentes locaciones de la ciudad de Mar del Plata.

 

ARTÍCULO 2º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.

 

ARTICULO 3°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución.

 

ARTICULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.

CB/sam
BALMACEDA