Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2074/21

Decreto Nº 2074/21

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 26/11/2021

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 1839/2021.

 

ARTICULO 2º.- Desígnase, a la agente SANDRA LUISA FOGGIA (Legajo Nº 18.620/76 – CUIL 27-18462865-7) como VICEDIRECTOR DE 1RA. ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL – con un turno (C.F. 9-56-99-01) Nº de Orden 4324, a partir del 1º de septiembre de 2021, con carácter Titular, accediendo al cargo por Orden de Merito de Listado de Concurso –Res. Nº 1409/21, en la Escuela de Formación Profesional Nº 9 “Cesar Isaac Barroso” (U.E. 08-02-2-1-3-08), en mérito a lo expresado en el exordio, dándosele de baja de los cargos de Profesor Enseñanza Formación Profesional con ocho (8) hs. cátedra semanales (C.F. 9-81-08-01 – Legajo Nº 18.620/50 – U.E. 08-02-2-1-3-09) y con diez (10) hs. cátedra semanales (C.F. 9-81-10-01 – Legajo Nº 18.620/53 – U.E. 08-02-2-1-3-07).

 

ARTÍCULO 3º.- Desígnase a la agente GABRIELA EMEY SORAGNI (Legajo Nº 24.615/64 – CUIL 27-24251992-8) como PROFESOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL de: FAMILIA ADMINISTRACION Y COMERCIALIZACION AC CC 29 Operador de Informática para administración y Gestión con DIEZ (10) hs. cátedra semanales (C.F. 9-81-10-01), con carácter Interino, a partir del 6 de septiembre y hasta el 17 de diciembre de 2021 o el cese de funciones con expresión de causa, en la Escuela de Formación Profesional Nº 7 “Gabriela Mistral” (U.E. 08-02-2-1-3-07).

 

ARTÍCULO 4º.- Desígnase a la agente SANDRA LUISA FOGGIA (Legajo Nº 18.620/75 – CUIL 27-18462865-7) como PROFESOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL de: FAMILIA INFORMATICA IM 06- PROGRAMADOR DE SISTEMAS INFORMATICOS con CUATRO (4) hs. cátedra semanales (C.F. 9-81-04-01), con carácter Interino, a partir del 9 de septiembre y hasta el 17 de diciembre de 2021 o el cese de funciones con expresión de causa, en la Escuela de Formación Profesional Nº 10 (U.E. 08-02-2-1-3-09).

 

ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR DEDICACIÓN EXCLUSIVA del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 6º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 2º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO BONIFICABLE – MODALIDAD FONID (Directores y Vicedirectores) de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 7º.- Acuérdase, a la agente mencionada en el Artículo 3º, durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 8º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en los Artículos 3º y 4º, durante los periodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 9º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en los Artículos 2º, 3º y 4º, a partir de la fecha y períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 10º.-  El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 2º deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000  -  UER 10  -  F.Fin. 1-1-0  -  Fin./Fun. 3-4-3  - Programático 26-00-00  - Inc. 1  -  P.P. 1  - P.p. 1  -  P.Sp. 8 – para los Arts. 3º y 4º: P.P. 1  - P.p. 1  -  P.Sp. 9  – para el Art. 5º: P.P. 3  - P.p. 1  -  P.Sp. 3 - para el Art. 6º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 – Ap. 10 - para el Art. 7º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 8º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 – Ap. 12 - para el Art. 9º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1.

 

ARTÍCULO 11º.-  El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.

 

ARTÍCULO 12º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

p.m.

 

 

PUGLISI                                                                               MONTENEGRO