Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2072/21

Decreto Nº 2072/21

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 26/11/2021

ARTÍCULO 3º.- Modifícase el Anexo IV del Decreto Nº 0902/2021, dejándose expresamente establecido que a las agentes que seguidamente se detallan,  PERSONAL DE SERVICIO INICIAL – C.F.  07-01-67-01 – 40 hs. semanales –, dependientes de la División Hogar de Transito para Mujeres Víctimas de la Violencia Domestica “Dra. Gloria Gale” (U.E. 12-03-5-1-1-01) se les otorga la BONIFICACIÓN POR LUGARES DE INTERNACION del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) y no la Bonificación por Tarea Riesgosa:

 

  • ALEJANDRA INES ALVAREZ, Legajo Nº 35208/1– CUIL 27-25708502-9, Nº de Orden 20924.
  • LUCRECIA ESTER CUELLO, Legajo Nº 35207/1– CUIL 27-29937038-6 - Nº de Orden 20923.

 

ARTÍCULO 2º.- Modifícanse respectivamente los Anexos III y  IV del Decreto Nº 0902/2021, dejándose expresamente establecido que el agente  ANDRES LEANDRO MARTINEZ, Legajo Nº 34.782/1 – CUIL 20-34956000-4, ADMINISTRATIVO INICIAL – C.F. 05-02-66-01 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 20864, depende del Departamento Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad (U.E. 17-09-3-0-2-00) y se le otorga la  BONIFICACIÓN POR FRANCOS FIJOS  Y/O ROTATIVOS del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), y la BONIFICACIÓN POR TAREA RIESGOSA del VEINTE POR CIENTO (20%).

 

ARTÍCULO 3º.- Modifícase el Anexo IV del Decreto Nº 0902/2021, dejando expresamente establecido que al agente  JUAN DIEGO GARCIA ALBANESE, Legajo Nº 34.334/2 – CUIL 20-43054832-9, PERSONAL DE SERVICIO INICIAL – C.F. 07-01-00-01 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 20882, dependiente de DEPARTAMENTO OPERATIVO DE TRÁNSITO (U.E. 17-00-1-1-1-00) se le otorga la BONIFICACIÓN POR TAREA RIESGOSA del VEINTE POR CIENTO (20%), y la  BONIFICACIÓN POR FRANCOS FIJOS  Y/O ROTATIVOS del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%).

 

ARTÍCULO 4º. Modifícase la Resolución Nº 1329/2021 dejándose expresamente establecido que al agente JUAN DIEGO GARCIA ALBANESE, Legajo Nº 34.334/2, se le mantiene el pago de la  BONIFICACIÓN POR FRANCOS FIJOS  Y/O ROTATIVOS del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), dándosele por finalizado el pago de la BONIFICACIÓN POR TAREA RIESGOSA del VEINTE POR CIENTO (20%).

 

ARTÍCULO 5º.- Otórgase, al agente mencionado mediante el Artículo 4º del presente Decreto, a partir del 27 de agosto de 2021, la Bonificación Remunerativa del DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 6º.- Amplíase el Artículo 1º de Decreto Nº 1499/2021,  declarando a los agentes FEDERICO ANDRÉS STRICK (Legajo Nº 34.757/1) y CARLOS JAVIER TOGNI (Legajo Nº 34.758/1), comprendidos dentro de las previsiones establecidas en la Resolución Nº 2329/05 de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, y de las previsiones establecidas en el Art. 4º inc. B) del Decreto Ley 9650/80 t.o. Ley Nacional 11.544 y toda otra reglamentación de orden Nacional o Provincial.

 

ARTÍCULO  7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5º deberá imputarse a: U.E. 17-09-5-0-0-00 - Institucional: 1-1-1-01-23-000 - Prog. 39-00-00 - Fin. y Fun. 2-1-0 – UER. 26 – F.Fin. 1-1-0 -  Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 8

 

ARTÍCULO 8º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.

 

ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

Sbh

 

 

 

BONIFATTI                                                                          MONTENEGRO