Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2091/21
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 26/11/2021
ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los días que en cada caso se indica:
PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01)
MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01)
MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01)
ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y b), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y c), durante los dias que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los dias que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. b) y c), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. c), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 – Programático 24-00-00 - para el Inc. c) Programático 25-00-00 - Inc. 1 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 - F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 5º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 - Ap. 14 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 - Ap. 5.
ARTÍCULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
l.G
PUGLISI