Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2084/21
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 26/11/2021
ARTÍCULO 1º.- Designar a los agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:
PRECEPTOR ENSEÑANZA ARTISTICA (C.F. 9-62-99-01)
a) U.E. 08-02-2-1-3-16 – Escuela Municipal de Arte Dramático “Angelina Pagano”
PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA
b) U.E. 08-02-2-1-5-17 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 217
ARTÍCULO 2º.- Acordar, al agente mencionado en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, ad-referéndum Resolución expediente 8911-6-12.
ARTÍCULO 5º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el periodo que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - para González Programático: 26-00-00 – Fin/Fun. 3-4-3 – para Mazzola Programático 56-00-00 - Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 6 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 - F.Fin. 1-3-1 – para el Art. 4º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 12.
ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
l.G
PUGLISI