Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2074/21
General Pueyrredon, 26/11/2021
Visto
el presente actuado por el que se tramita la Licitación Privada Nº 56/21 para la contratación de la obra pública “Ejecución de cruces accesibles – Plamac”; y
Considerando
Que por Resolución Nº 1931/21 de fecha 04 de Noviembre de 2021 se resuelve:
Que luego de registrado el Acto Administrativo se advierte que se cometió un error al no incorporar los artículos referidos al monto de la garantía por pago de anticipo financiero y su correspondiente devolución.
Que la Ordenanza General de Procedimiento Administrativo Municipal Nº 267/80 en su artículo 115º establece que “En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos”.
Que en virtud de ello, la Dirección General de Contrataciones recomienda rectificar la Resolución Nº 1931/21 de las Secretarías de Economía y Hacienda y de Obras y Planeamiento Urbano, modificando el artículo 7º e incorporando los artículos 8º y 9º.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 916/20,
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Y EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO
R E S U E L V E N
ARTÍCULO 1°.- Rectificar la Resolución Nº 1931/2021 de las Secretarías de Economía y Hacienda y de Obras y Planeamiento Urbano, modificando el artículo 7º e incorporando los artículos 8º y 9º, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 7º.- Fijar el monto de la garantía por pago de Anticipo Financiero en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON 49 CENTAVOS ($1.053.194,49.-), conforme Artículo 15º Inc. d) del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas Legales Particulares.
ARTÍCULO 8°.- Autorizar la devolución de la garantía por pago de Anticipo Financiero estipulada en el Artículo 7º de la presente Resolución, conjuntamente con la garantía de obra y en los términos del Artículo 15º inc. d) del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas Legales Particulares.
ARTÍCULO 9°.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría General y la Tesorería Municipal.”
ARTÍCULO 2°.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría General y la Tesorería Municipal.
AVC/cfg
BLANCO GONZALEZ