Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº2074/21

Resolución Nº 2074/21

General Pueyrredon, 26/11/2021

Visto

el presente actuado por el que se tramita la Licitación Privada Nº 56/21 para la contratación de la obra pública “Ejecución de cruces accesibles – Plamac”; y

Considerando

 Que por Resolución Nº 1931/21 de fecha 04 de Noviembre de 2021 se resuelve:

  1.             Aprobar la Licitación Privada Nº 56/21
  2.             Declarar válidas las propuestas recibidas
  3.             Adjudicar por conveniencia a la oferta presentada por la firma RODRIGO ALBA en su Oferta Alternativa.

                             

Que luego de registrado el Acto Administrativo se advierte que se cometió un error al no incorporar los  artículos referidos al monto de la garantía por pago de anticipo financiero y su correspondiente devolución.

 

Que la Ordenanza General de Procedimiento Administrativo Municipal Nº 267/80 en su artículo 115º establece que “En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos”.  

 

Que en virtud de ello, la Dirección General de Contrataciones recomienda rectificar la Resolución Nº 1931/21 de las Secretarías de Economía y Hacienda y de Obras y Planeamiento Urbano,  modificando el artículo 7º e incorporando los artículos 8º y 9º.

 

Por  ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 916/20,

 

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Y EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO

 

R E S U E L V E N

 

ARTÍCULO 1°.- Rectificar la Resolución Nº 1931/2021 de las Secretarías de Economía y Hacienda y de Obras y Planeamiento Urbano,  modificando el artículo 7º e incorporando los artículos 8º y 9º, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

 

“ARTÍCULO 7º.- Fijar el monto de la garantía por pago de Anticipo Financiero en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON 49 CENTAVOS ($1.053.194,49.-), conforme Artículo 15º Inc. d) del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas Legales Particulares.

 

ARTÍCULO 8°.- Autorizar la devolución de la garantía por pago de Anticipo Financiero estipulada en el Artículo 7º de la presente Resolución, conjuntamente con la garantía de obra y en los términos del Artículo 15º inc. d) del Pliego de Bases y Condiciones – Cláusulas Legales Particulares.

 

ARTÍCULO 9°.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría General y la Tesorería Municipal.”

 

ARTÍCULO 2°.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones, la Dirección de Obras Públicas, la Contaduría General y la Tesorería Municipal.

AVC/cfg

 

BLANCO       GONZALEZ