Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº1033/21

Decreto Nº 1033/21

Hipólito Yrigoyen, 13/09/2021

Expediente Nº 4057-1718/21.-

                                                                       

DECRETO Nº 1033 /21-

 

Visto

La Ordenanza Nº 39/2021 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en el marco del Exp. 4057-1718/21 “VENTA DE LOTES MUNICIPALES – PROGRAMA PRO.CRE.AR” y,

Considerando

Que por el art. 1 de la Ordenanza 39/21 se autoriza al Departamento Ejecutivo a enajenar por título oneroso los lotes ubicados en el ex cuadro de Estación, según se detalla en ANEXO I y plano adjunto ANEXO II de la misma, a aquellas familias o vecinos residentes del distrito que fueran beneficiarias del Programa de Crédito Argentino para la Vivienda Única Familiar (PRO.CRE.AR) y,

Que el art. 3 de la citada Ordenanza establece que los aspirantes deberán inscribirse en el “Registro Abierto Único y Permanente de Aspirantes a Planes de Viviendas” conforme lo dispuesto por el art. 1, 2 y 3 de la Ordenanza 24/16, modificada por Ord. 20/19.

Que asimismo, la modificación dispuesta por el art. 1 de la Ord. 20/19 establece un Registro Abierto, Único y Permanente de aspirantes a planes de viviendas a efectos de la selección y posterior adjudicación de viviendas y/o terrenos en que intervenga la Municipalidad disponiendo que, las instancias de ANÁLISIS, SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN, será con previo acuerdo y conformidad de la COMISION DE ADJUDICACION DE VIVIENDAS.

Que en igual sentido, el art. 5º establece que para la selección de los beneficiarios, se dará intervención a la COMISIÓN MUNICIPAL DE VIVIENDAS.-

Que en tal sentido, se reúne la Comisión de Vivienda en fecha 24 de Agosto de 2021 estableciendo mediante Acta nº 120 los plazos y modalidades para las distintas etapas de inscripción, exposición/oposición, evaluación y sorteo para la posterior adjudicación de los lotes a los beneficiarios.

Que en fecha 25 de Agosto, mediante Decreto 945/2021 se establecen los plazos para la inscripción, exposición/evaluación y preselección de aspirantes, como asimismo la fecha del sorteo para determinar los adjudicatarios de lotes que se detallan en el ANEXO I de la Ordenanza 39/21, el cual se realizara ante Escribano Publico y de acuerdo a la modalidad y tipo de operatoria que determine la Comisión Municipal de Viviendas.- 

Que ya se ha realizado la etapa de selección de los aspirantes que  participaran del sorteo, habiéndose publicado un listado por eventuales oposiciones, no habiendo sido pasible de ninguna objeción.- 

Que posteriormente, mediante Acta nº 121 de fecha 2 de septiembre, se realiza a instancias de la COMISION MUNICIPAL DE VIVIENDAS, la evaluación de los aspirantes inscriptos, resolviendo conformar el listado para el sorteo, con todos aquellos inscriptos que han cumplimentado los requisitos establecidos en la Ordenanza 39/21;  Asimismo, se evalúan cuestiones atinentes a la modalidad del sorteo priorizando a aquellos grupos familiares con hijos a quienes se les brindara una doble posibilidad al momento del sorteo.

Que asimismo se resuelve notificar a aquellos aspirantes que a prima facie no cumplimenten con los requisitos estipulados en el art. 4 de la Ordenanza 39/21 a efectos de que presenten las alegaciones y/o aclaraciones que consideren correspondientes. 

Que mediante Acta nº 122 de fecha 09 de septiembre de 2021, a instancias de la COMISION MUNICIPAL DE VIVIENDAS, se exponen y evalúan las aclaraciones antes mencionadas, dictaminando que los mismos no cumplen con los requisitos de la Ordenanza 39/21.  

Que cumplidos los plazos y requisitos fijados, se conformó, con los inscriptos habilitados, el Listado Oficial Definitivo de aspirantes que se incluirán con la finalidad de realizar el sorteo el día 13 de septiembre ante Escribano Publico, para la adjudicación de los lotes, de acuerdo a las condiciones y requisitos de cada una de las operatorias que determine la COMISIÓN MUNICIPAL DE VIVIENDAS.

Que asimismo, conforme lo establece el art. 5 del Decreto 495/21, y en virtud de las facultades allí dispuestas, se resuelve prorrogar la fecha del sorteo establecida en el art. 4 para el día 14 de septiembre del corriente.  

Por lo expuesto, y haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: modifíquese el art. 4º del Decreto nº 495/21 de fecha 25 de Agosto del 2021, el que quedara redactado de la siguiente manera:

ARTICULO CUARTO: ESTABLEZCASE la fecha del SORTEO para determinar los adjudicatarios de lotes que se detallan en el ANEXO I de la Ordenanza 39/21, para el día 14 de Septiembre del corriente, el cual se realizara ante Escribano Publico y de acuerdo a la modalidad y tipo de operatoria que determine la Comisión Municipal de Viviendas.- 

 

ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, Comuníquese. Para su conocimiento y demás efectos dese intervención a la Secretaria de Asuntos Legales, Dirección de Desarrollo Social, y  a la Comisión de Viviendas.-

 

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni