Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3393/2021
Quilmes, 18/10/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-8122-S-2021 iniciado por la Sra. Secretaria de Niñez y Desarrollo Social de la Municipalidad de Quilmes cuyo objeto es la celebración del Contrato de Cooperación con la Asociación Civil ETIS (EQUIPO DE TRABAJO E INVESTIGACIÓN SOCIAL); y
Considerando
Que, desde la sanción de la ley provincial Nº 13.298 de Promoción y Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, la Municipalidad viene trabajando en la promoción y desarrollo de programas y proyectos socio-educativos, socio-sanitarios y socio-culturales;
Que, a través de la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social se trabaja con diferentes asociaciones y organizaciones comunitarias de nuestra ciudad a fin de elaborar e implementar planes de acción integrales en base a la identificación y análisis de los problemas sociales, así como las características de los grupos poblacionales específicos en condición de vulnerabilidad y exclusión social;
Que, en el marco de la ley de Promoción y Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, la Asociación Civil ETIS (EQUIPO DE TRABAJO E INVESTIGACIÓN SOCIAL) ha presentado el Proyecto "Villa ltatí; Impulsando la identidad barrial"; ·
Que, en el expediente municipal de referencia obra documentación de la Asociación Civil ETIS (EQUIPO DE TRABAJO E INVESTIGACIÓN SOCIAL) donde la personería y representación legal "se, encuentran debidamente acreditadas;
Que el Equipo Técnico de la Dirección General de Fortalecimiento Comunitario ha concluido que dicho proyecto generará un impacto positivo en la promoción y protección de los derechos de la niñez y adolescencia;
Que, ·la Subsecretaría de Asesoría Letrada no ha efectuado objeciones técnico-jurídicas y la Secretaría de Hacienda ha intervenido conforme al artículo 187, inciso 6º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes);
Que, la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social propicia el dictado del presente;
Que, la Contaduría Municipal ha efectuado el compromiso del gasto;
Que resulta razonable convalidar el Contrato de Cooperación suscripto con la Asociación Civil ETIS (EQUIPO DE TRABAJO E INVESTIGACIÓN SOCIAL), registrado bajo Nº 0762/2021 y autorizar el pago correspondiente;
Que, el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: CONVALÍDASE el contrato de Cooperación suscripto el 15 de septiembre de 2021 entre la Municipalidad de Quilmes y la Asociación Civil ETIS (EQUIPO DE TRABAJO E INVESTIGACIÓN SOCIAL), sito en la calle
Falucho Nº 1145, de la localidad de Bernal Oeste partido de Quilmes, registrado bajo Nº 0762/21 con fecha 1º de Octubre 2021, cuyo objeto es la implementación del Proyecto "Villa ltatí; Impulsando la identidad barrial"; en el marco de la Ley Nº 13.298, que beneficiará en forma directa a ciento veinte
(120) niños y niñas que concurren diariamente a las actividades del Centro Educativo "José Tedeschi", ochenta (80) adolescentes y jóvenes que participan de las actividades del Centro Juvenil y Equipo de educadoras doce
(12) y coordinadores grupales diez (10) de ETIS en la comunidad barrial, setenta (70) niños y niñas que concurren diariamente a Abuela Eduarda, treinta (30) jóvenes de edades de 13 a 20 años que participen en las actividades del Centro Educativo Popular Abuela Eduarda y cuatro (4) educadoras de Abuela Eduarda, por el periodo de seis meses a contar desde la fecha de pago de los fondos por la suma total de pesos setecientos mil ($700.000,00) que deberán ser transferidos por la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social a favor de Asociación Civil ETIS.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a emitir las Órdenes de Pago por las sumas y en la forma establecida en la cláusulas cuarta y quinta del contrato de cooperación mencionado, a favor de la Asociación Civil ETIS (EQUIPO DE TRABAJO E INVESTIGACIÓN SOCIAL).-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNESE que el presente gasto se devengará en la Fuente de Financiamiento 132 - Programa 84.03.00 - Partida Presupuestaria 5.1.7.O Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro - Subjurisdicción 1110159000 - Secretaría de Niñez y Desarrollo Social - del Presupuesto de Gastos en vigor.-
ARTÍCULO 4º: DISPÓNESE que la persona responsable de la suma otorgada por el presente decreto deberá rendir cuenta documentada de la correcta inversión de los fondos, dentro de los treinta (30) días hábiles de finalizado el plazo de ejecución.-
ARTÍCULO 5°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete. -
ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE. -
Alejandro E. Gandulfo Mayra S. Mendoza Claudio H. Carbone
Jefe de Gabinete Intendenta Secretario Legal y Técnico
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Maria A. Stolzing Ugarte
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Quilmes
FLORENCIA DI TULLIO
Secretaria de Niñez
Y Desarrollo social
MUNICIPALIDAD DE QUILMES
DECRETO 3393/2021