Boletines/Adolfo Alsina

Decreto Nº1788/21

Decreto Nº 1788/21

Adolfo Alsina, 17/08/2021

Visto

El Expediente Nº: 4001-1462/21, mediante el cual los Directivos y padres colaboradores de la Asociación Cooperadora de la ESCUELA "NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS" de la ciudad de Carhué, solicitan autorización para poner en circulación una rifa para el año 2021; y

Considerando

Que la misma reúne las condiciones, cumplimentando los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº: 4352/18;

El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias; D E C R E T A:

Art. 1º - Autorízase a la Asociación Cooperadora de la ESCUELA "NUESTRA SEÑORA DE LOS DESAMPARADOS" de la ciudad de Carhué, a poner en circulación una rifa que constará de quinientas (500) boletas de dos (2) números cada una, al valor unitario de Pesos Cien ($100,00.-), pagaderos al contado, a sortearse el día sábado 15 de OCTUBRE de 2021 por Quiniela de la Provincia de Buenos Aires, con un premio de una (1) Mesa Servida.-

El premio será entregado en las instalaciones de la institución.-

Art. 2º - La entidad organizadora deberá publicar en diario y/o periódico de la localidad, y/o radiofonía, y/o televisión, en forma veraz y suficiente, la rifa organizada y autorizada, en particular fecha del sorteo y Lotería por la que se juega; premios a entregar; lugar y fecha de entrega de los mismos.-

Art. 3º - El incumplimiento por parte de la institución organizadora a cualquiera de las normas establecidas en la Ordenanza Nº: 4352/18, dará lugar a la aplicación de

sanciones que consistirán en multas de entre 20 a 100 litros de combustible (gas oil) y en inhabilitación de dos (2) a diez (10) años para emitir rifas.-

Art. 4º - La Entidad solicitante deberá manifestar el destino que dará a los fondos que se recauden, y dentro de los treinta (30) días de realizado el sorteo, deberá informar por

escrito sobre la utilización de los fondos y el plazo previsto.-

Art. 5º - La autorización que se concede queda sujeta a las disposiciones de la Ordenanza Nº: 4352/18.-

Art. 6º - Comuníquese con copia a la institución interesada, Comisaría local,  publíquese, tomen razón las Oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-

Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”