Boletines/Vicente López
Decreto Nº 4874/21
Vicente López, 18/11/2021
Referencia: EXPTE - 4119-003847/2021
Visto
Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 112 dispuesto por Decreto Nº 3950/21 para la contratación de la obra “TECHADO TERRAZA CASA PRINCIPAL - POLO EDUCATIVO, sito en Hilarión de la Quintana 2168, Olivos, dependiente de la Secretaría de Educación y Empleo”, y
Considerando
Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 340/341 se han presentado 2 (dos) oferentes.
Que a fs. 349/350 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección de Compras y Licitaciones.
Que asimismo, la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación por menor precio a la firma Fritel S.A por $ 2.141.095,00.
Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 352 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con dicha obra.
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 353.
Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma FRITEL S.A., por un monto total de Pesos dos millones ciento cuarenta y un mil noventa y cinco ($2.141.095,00), para la contratación de la obra “TECHADO TERRAZA CASA PRINCIPAL - POLO EDUCATIVO, sito en Hilarión de la Quintana 2168, Olivos, dependiente de la Secretaría de Educación y Empleo”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Particulares y al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs.353.
Artículo 2º.- La suma de Pesos dos millones ciento cuarenta y un mil noventa y cinco ($2.141.095,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 1-6383, obrante a fs. 38.
Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección General de Tesorería, en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 32 del mismo Pliego.
Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Educación y Empleo y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Educación y Empleo.
Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Macri- Alvarez- Viñales